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y a la integridad física sufridas por el señor José Mauricio García Prieto Hirlemann
y la señora Gloria Giralt de García Prieto durante el período que les prestó sus
servicios de protección y el alto riesgo a que estaban sometidos durante la
búsqueda de justicia por la muerte del señor Ramón Mauricio García Prieto.
g)
María Julia Hernández: propuesta por el interviniente común, Directora de
la Oficina de Tutela Legal del Arzobispado de San Salvador. Declaró sobre las
investigaciones de violaciones a la vida que ha realizado dicha organización acerca
de la operación de los “escuadrones de la muerte” después de la finalización del
conflicto armado salvadoreño.
h)
Ricardo Alberto Iglesias Herrera: propuesto por el interviniente común,
abogado especialista en Derechos Humanos, rindió su dictamen sobre el supuesto
contexto general de impunidad de delitos de diversa índole, incluyendo las graves
violaciones a los derechos humanos en El Salvador; las actuaciones policiales y
judiciales realizadas respecto del caso de la muerte de Ramón Mauricio García
Prieto; y las diligencias de investigación realizadas por la Fiscalía General de la
República de El Salvador por las amenazas en perjuicio de la familia García Prieto
Giralt, en razón de su búsqueda de justicia en este caso.
i)
Mauricio José Ramón Gaborit Pino: propuesto por el interviniente común.
Rindió su dictamen sobre la gravedad de las alegadas afectaciones psicológicas
que han sufrido el señor José Mauricio García Prieto Hirlemann y la señora Gloria
Giralt de García Prieto, causada por la impunidad parcial de la muerte de su hijo,
por las múltiples intimidaciones y amenazas de que habrían sido objeto como
consecuencia de la búsqueda de justicia emprendida por ellos, y por la impunidad
de las mismas. El perito estableció el trastorno que sufre cada uno de ellos,
según el criterio del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales
(DSM-IV).
j)
Benjamín Cuéllar Martínez: propuesto por el interviniente común, director
del IDHUCA. Declaró sobre las supuestas intimidaciones, amenazas y atentados
que han sufrido él y abogados del IDHUCA contra sus vidas e integridad física,
relacionándolos con su trabajo en el presente caso.
k)
Oscar Antonio Castro Ramírez: propuesto por el Estado, fue fiscal auxiliar
del Fiscal General durante las actuaciones investigativas del grupo de fiscales
conformado para investigar la muerte del señor García Prieto. Declaró sobre las
diligencias que se practicaron y se solicitaron, tanto en las sede policial como
judicial; sobre la investigación de uno de los autores materiales que fue
condenado, y acerca de las investigaciones realizadas respecto a otros autores
materiales e intelectuales.
17.
En cuanto a la prueba rendida en audiencia pública, la Corte escuchó las
declaraciones testimoniales de:
a)
Gloria Giralt de García Prieto: propuesta por la Comisión y el interviniente
común, madre de Ramón Mauricio García Prieto. Declaró sobre las demoras e
irregularidades en las diligencias judiciales y las gestiones realizadas ante la
Fiscalía General de la República de El Salvador, el Ministerio de Seguridad Pública,
la Procuraduría, y ONUSAL, entre otros, para impulsar la investigación para
procesar a los responsables de la muerte de su hijo. Además, describió las
amenazas e intimidaciones de que han sido objeto ella y sus familiares e hizo
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