guevoniando y se tiren el país”114. Además, la acusaron de ir a la Cárcel La Modelo para “hacerle prensa a la guerrilla”115. Posteriormente, le robaron el celular y, amenazándola nuevamente con una pistola, le hicieron quitar la clave del mismo. Tras varias horas, cuando ya había anochecido, uno de los secuestradores le dijo a la señora Bedoya que el “paseo” se había acabado. Ella cerró los ojos esperando que la mataran116. Le quitaron la billetera y unos papeles que tenía en el bolso, le pegaron con esparadrapo los papeles en el pecho y, de forma violenta, la dejaron en un lado de una carretera en Villavicencio117. En total, la señora Bedoya estuvo secuestrada unas 10 horas aproximadamente118. 62. La señora Bedoya pasó un tiempo sin poder moverse hasta que un taxista paró para ayudarla y la llevó a un Comando de Atención Inmediata (“CAI”), perteneciente a la Policía Nacional. A dicho lugar llegaron miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (en adelante “DIJIN”), quienes la llevaron al Hospital Central de la Policía Nacional 119. Allí le realizaron un examen de medicina legal y la pusieron en contacto con un comandante del ejército, quien le dijo que “iba a mandar un helicóptero” y que no la “iban a dejar sola”120. Posteriormente, llegaron dos coroneles. La señora Bedoya solicitó que la transportaran a Bogotá con ellos, si bien dicha petición fue denegada,toda vez que el Director de la Policía había dado la orden de que fuera dicho cuerpo policial el que la transportara a Bogotá121. Según lo relatado por la señora Bedoya, un comandante de las Fuerzas Militares le dijo que había existido una “discusión interna porque la Policía quería mostrar[la] como una persona rescatada por ellos” 122. Al día siguiente fue transportada a Bogotá e ingresada en la Clínica de la Policía, donde la visitaron el Director de la Policía y el Ministro de Defensa 123. Estuvo cuatro días en observación médica, durante los cuales le hicieron varios exámenes médicos, entre los que destacan un examen ginecológico, la toma de fluidos corporales, así como análisis de sangre, de orina y toxicológicos124. Las muestras tomadas fueron llevadas para análisis al Instituto de Medicina Legal125. Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 104). 114 115 Ídem. Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folios 104 y 105); Diligencia de declaración jurada que rinde Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expediente de prueba, folio 804). 116 Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folios 104 y 105). 117 Cfr. Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 24 de febrero de 2016 (expediente de prueba, folio 24050). 118 Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 105); Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expediente de prueba, folio 804), y Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 24 de febrero de 2016 (expediente de prueba, folio 24050). 119 Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 105), y Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expediente de prueba, folio 805). 120 Cfr. Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expedientede prueba, folio 805). 121 Cfr. Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expedientede prueba, folio 805). 122 Cfr. Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expedientede prueba, folio 806). 123 Cfr. Informe 195 FGN.CTI.SI, Cuerpo Técnico de Investigación de Villavicencio, de 26 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 123), y Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expediente de prueba, folio 806). 124 Cfr. Informe 195 FGN.CTI.SI, Cuerpo Técnico de Investigación de Villavicencio, de 26 de mayo de 2000 (expedientede prueba, folio 123). 125 26

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