Humanos, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de Scot Cochran, en los términos de los párrafos 117 a 126 de la presente Sentencia. Disienten el Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot y la Jueza Patricia Pérez Goldberg. Por unanimidad, que: 6. El Estado no es responsable por la violación del derecho a recurrir el fallo ante juez o tribunal superior, establecido en el artículo 8.2.h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con las obligaciones de respeto y garantía y de adoptar disposiciones de derecho interno establecidas en los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento, en perjuicio de Scot Cochran, en los términos de los párrafos 130 a 141 de la presente Sentencia. Y DISPONE Por unanimidad, que: 7. La Secretaría de la Corte notifique la presente Sentencia a la República de Costa Rica, a los representantes de Scot Cochran, y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 8. Se archive el expediente. El Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot y la Jueza Patricia Pérez Goldberg dieron a conocer su voto parcialmente disidente. Redactada en español en San José, Costa Rica, el 10 de marzo de 2023. 44

Seleccionar párrafo de destino3