Resolución de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos*
de 29 de enero de 2008
Medidas Provisionales
respecto de la República Bolivariana de Venezuela
Asunto de la Emisora de Televisión “Globovisión”
VISTOS:
1.
La Resolución dictada por el Presidente de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante “la Corte” o “el Tribunal”) el 3 de agosto de 2004, mediante la cual,
en consulta con todos los jueces de la Corte, resolvió:
1.
Requerir al Estado que adopte, sin dilación, las medidas que [fueran] necesarias para
resguardar y proteger la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de los periodistas,
directivos y trabajadores de Globovisión, y de las otras personas que se encuentren en las
instalaciones de dicho medio de comunicación o que estén directamente vinculadas a la operación
periodística de este medio.
2.
Requerir al Estado que adopte, sin dilación, las medidas que [fueran] necesarias para
brindar protección perimetral a la sede del medio de comunicación social Globovisión.
3.
Requerir al Estado que investigue los hechos que motiva[ron] la adopción de las […]
medidas, con el fin de identificar a los responsables e imponerles las sanciones correspondientes.
4.
Requerir al Estado que dé participación a los representantes de los beneficiarios de
estas medidas en la planificación e implementación de las mismas y que, en general, les
mantenga informados sobre el avance de las medidas ordenadas por el Presidente de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos.
[…]
8.
Requerir al Estado que informe a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cada
dos meses, sobre el cumplimiento de las medidas adoptadas, y requerir a los representantes de
los beneficiarios de estas medidas que presenten sus observaciones a los informes bimestrales
del Estado, dentro del plazo de un mes, contado a partir de su recepción, y a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos que presente sus observaciones a dichos informes del
Estado dentro de un plazo de seis semanas, contadas a partir de su recepción.
[…]
2.
La Resolución dictada por la Corte el 4 de septiembre de 2004, mediante la cual
resolvió:
*
El Juez Diego García-Sayán se excusó de participar en la deliberación y firma de la presente Resolución.