municipio de Vistahermosa, por lo que seguía trabajando en el municipio. Expuso que el 20 de julio del mismo año el señor Cañón fue víctima de un atentado del cual salió ileso y que el día antes de su muerte, el Capitán Walter Durán de la VII Brigada del Ejército amenazó señor Cañón. Sostuvo que en agosto de 1988, la presunta víctima informó al Gobernador del Meta que el Ejército hacía patrullajes con unidades encapuchadas, lo cual atentaba contra la tranquilidad ciudadana y la seguridad pública, y también denunció ante el Concejo Municipal que si le sucedía algo, era responsabilidad de las Fuerzas Armadas. 1276. Según la declaración de su hija Nelly Cañón Trujillo, las amenazas en contra de su padre aumentaron desde que ejerció la alcaldía, pues aparecían grafitis de los paramilitares en las calles que decían “no queremos un alcalde guerrillero”. 1277. De acuerdo con la parte peticionaria, el 8 de septiembre de 1988 el señor Julio Cañón viajó de Bogotá (donde estaba desplazada su familia) a Villavicencio para solicitar un carro y escoltas para su seguridad, sin embargo, el Gobernador le dijo que no contaba con vehículos disponibles y sólo podría ofrecerle el servicio de un escolta, por lo que el señor Cañón viajó en un bus a Vistahermosa, con un escolta del DAS y otro de la UP. Relató que antes de llegar al casco urbano de Vistahermosa el bus fue interceptado y a Julio Cañón le dispararon una ráfaga en la cabeza y al escolta del DAS le dispararon con armas de fuego. Sostuvo que según las investigaciones realizadas desde la Gobernación informaron a los paramilitares las características del bus en el que iba el señor Cañón y de la vestimenta del escolta de la UP, que era el escolta a quien realmente querían dispararle pero a quien confundieron con el escolta del DAS porque se quitó la camisa que lo distinguía según la información que reportada. 1278. La parte peticionaria sostuvo que después de la muerte del señor Cañón, los paramilitares violaron las chapas y se tomaron la alcaldía, con complicidad del Ejército Nacional y la Policía, y adujeron que “el alcalde había sido asesinado por ser de la Unión Patriótica y auxiliador de la guerrilla. Relató que el nuevo alcalde del municipio nombrado por el Gobernador, Gerardo González, le dijo a la bibliotecaria de la alcaldía que él no podía estar acompañado de gente de la UP, sin embargo, que él hablaría con los paramilitares para que no la agredieran. 1279. El 31 de julio de 2012, la Fiscal 95 Especializada de la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación informó a Reiniciar que ese despacho adelantaba la investigación por el homicidio de Julio Cañón López, la cual estaba en etapa previa y estado activo. Vladimir Cañón Trujillo356 1280. La parte peticionaria refirió que cuatro meses después del asesinato de Julio Cañón, el 11 de enero de 1989, Vladimir Cañón Trujillo, de 19 años, viajó a Vistahermosa para tomar algunos productos que tenían en su finca y de regreso hubo un retén militar en el que quedaron retenidos Vladimir Cañón y Yimer Arley Neira (amigo de Vladimir e hijo de la concejala de Vistahermosa por la UP Eriscinda Neira). Indicó que desde ese momento se desconoce el paradero de los dos jóvenes. 1281. De acuerdo con la declaración de la señora María del Carmen Trujillo, ella y la señora Eriscinda Neira presentaron la denuncia de los hechos ante las autoridades, sin embargo, les exigían una prueba de la detención por parte del Ejército, y aunque el conductor del bus les confirmó que el Ejército había detenido a dos jóvenes cuyas características coincidían con las de sus hijos, les dijo que no lo sostendría ante las autoridades para evitar problemas. 1282. El 31 de julio de 2012, la Fiscal 95 Especializada de la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación informó a Reiniciar que ese despacho adelantaba la investigación por la desaparición de Vladimir Cañón Trujillo. Año 1987 356 Anexo 17. Anexo al escrito de la parte peticionaria Reiniciar de 18 de febrero de 2013. Caja 4, Carpeta Vladimir Cañón Trujillo. 174

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