9 del Instituto de Medicina Legal. El 18 de abril de 2006 el Estado informó que aún no se han podido ubicar los restos de Gabriel Ugarte Rivera. 26. Que los representantes observaron sobre la exhumación de los restos que: a) hasta la fecha la Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzosas ha realizado diligencias de exhumación en los cementerios de “Zapallal”, “Baquijano y Carrillo”, “Presbítero Maestro” y “Pucusana”; b) si bien hasta la fecha no existe un número determinado de restos exhumados, es probable que según informaciones del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público la cifra se aproxime a las cien personas; y c) después de seis meses de trabajo se “ha llegado a identificar los restos de Norberto Durand Ugarte”. El 24 de junio de 2004 el Fiscal Provincial Provisional encargado de la Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzosas emitió una resolución en la cual ordenó disponer la entrega de los restos humanos identificados a sus respectivos familiares, debidamente acreditados. Por otra parte, los representantes agregaron, en sus observaciones de 6 de mayo de 2008 que, la obligación de ubicación e identificación del cuerpo de Gabriel Pablo Ugarte Rivera, aún se encuentra pendiente. Por oficio No 401-04-FE-DF-EE-EFC-MP-FN de 21 de octubre de 2004, emitido por la Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzosas, se da cuenta que por resolución de 27 de julio de 2004 se tuvo por nombrados a los peritos propuestos por los familiares a fin de que realicen las labores de identificación antropológica de 26 restos humanos y que la jefatura del Instituto de Medicina Legal designará a los peritos forenses que participaran en las diligencias en calidad de observadores. Sin embargo, no se ha nombrado a dichos peritos ni se ha procedido con las labores de identificación antropológica de los restos humanos en referencia. 27. Que la Comisión observó respecto de la ubicación de los restos que reconoce los avances en el cumplimiento de este punto. Mediante Resolución de 24 de junio de 2004 la Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzosas resolvió entregar los restos que, de acuerdo al análisis del Instituto de Medicina Legal, correspondían a Norberto Durand Ugarte, junto con los certificados de defunción y boletas de inhumación. Los familiares del señor Norberto Durand Ugarte, Virginia Bonifacia Ugarte y Norberto Durand Vargas fueron notificados y recibieron los restos el día 5 de julio de 2004 y realizaron su velorio y entierro. La Comisión consideró que la documentación remitida es insuficiente para determinar el modo en que se procedió a la exhumación y análisis de los restos óseos en el presente caso y su correspondencia a parámetros internacionales vigentes, ya que la copia de la necropsia remitida por el Estado el 7 de septiembre de 2004 no contenía una determinación de sexo, edad o raza de los restos óseos examinados, no se da cuenta de exámenes de ADN realizados y se hace referencia a prendas de vestir, pero no hay evaluación alguna de ellas . Sin embargo, la Comisión considera esencial que los padres del señor Norberto Durand Ugarte reconocieron los restos entregados como los de su hijo, procediendo al velorio y entierro. La Comisión señaló que el Estado no ha presentado información nueva sobre diligencias realizadas después del Informe Final realizado por el Instituto de Medicina Legal Equipo de Identificación Forense (Comisiones Penales-Caso Frontón), para el cumplimiento de la obligación de localizar restos de Gabriel Pablo Ugarte Rivera. 28. Que en razón de lo anterior, el Tribunal considera que el Estado ha cumplido parcialmente con su obligación de identificar los restos de las víctimas, al identificar y entregar los restos de Norberto Durand Ugarte a sus familiares, establecida en el punto resolutivo cuarto inciso d) de la Sentencia. Asimismo, esta Corte considera indispensable que el Estado continúe realizando las gestiones requeridas para identificar el cuerpo de Gabriel Pablo Ugarte Rivera y entregarlo a sus familiares y que

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