8.
El 22 de agosto de 2003, la Comisión recibió la petición del peticionario,
fechada el 20 de julio de 2003. Por cartas del 24 de noviembre de 2003 y 4 de febrero
de 2004, el peticionario presentó a la Comisión información adicional sobre su
petición. Por carta del 6 de octubre de 2004, la Comisión solicitó al peticionario que
presentara información adicional, que el peticionario presentó mediante cartas del 8 de
noviembre de 2004 y del 17 de noviembre de 2004.
9.
Por carta del 18 de abril de 2005 la Comisión transmitió al Estado las
partes pertinentes de la petición del peticionario y le solicitó que respondiera dentro
del término de dos meses. Por comunicación del 10 de junio de 2005, el Estado
solicitó una prórroga de tres meses para responder. Por carta del 15 de junio de 2005,
la Comisión concedió al Estado una prórroga a esos efectos hasta el 18 de julio de
2005, y por carta de la misma fecha dio a conocer al peticionario la prórroga otorgada
al Estado.
10.
Por nota del 18 de julio de 2005 el Estado presentó su respuesta oficial
a la petición, cuyas partes pertinentes fueron transmitidas al peticionario por carta del
21 de julio de 2005. La Comisión solicitó al peticionario que respondiera dentro del
término de un mes. Por carta del 27 de julio de 2005, el peticionario solicitó una
prórroga de un mes para presentar su respuesta, que la Comisión le concedió y le hizo
saber por comunicación del 17 de agosto de 2005.
11.
Por carta del 8 de septiembre de 2005, el peticionario presentó sus
observaciones a la respuesta del Estado. Por nota del 29 de noviembre de 2005, la
Comisión transmitió al Estado las partes pertinentes de las observaciones del
peticionario, y le solicitó que respondiera dentro de un mes. Por nota de 29 de
diciembre de 2005, el Estado solicitó una prórroga de dos meses para responder. La
Comisión concedió la prórroga solicitada por nota del 5 de enero de 2006.
12.
Por comunicaciones del 3 de marzo de 2006 y del 7 de abril de 2006, el
Estado presentó su respuesta según lo solicitado. Por carta del 18 de abril de 2006, la
Comisión transmitió al peticionario las partes pertinentes de la respuesta del Estado, y
el peticionario respondió por carta del 9 de mayo de 2006. La Comisión transmitió al
Estado las partes pertinentes de la respuesta del peticionario por nota 12 de junio de
2006, y el Estado respondió mediante comunicaciones del 7 de julio de 2006 y 10 de
julio de 2006.
III.
A.
POSICIONES DE LAS PARTES
El peticionario
13.
El peticionario fue Ministro de Recursos Naturales y Ministro de Finanzas
de Suriname (1996-2000). Sostiene que en su calidad de Ministro de Finanzas
implementó una decisión de julio de 2000 adoptada por el Gobierno de su país, de
adquirir un complejo de edificios para alojar a diversos ministerios y departamentos de
gobierno.
14.
En agosto de 2000 (tras dimitir de su cargo), el peticionario fue
declarado culpable, conforme a la Ley de Encausamiento de Titulares de Cargos
Políticos de Suriname (la Ley), de los cargos siguientes:
a)
adquirir el complejo de edificios a un precio excesivo;
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