6
13.
Que, en este particular, como ya ha afirmado la Corte, “es responsabilidad
del Estado adoptar medidas de seguridad para proteger a todas las personas que
estén sujetas a su jurisdicción; este deber se torna aún más evidente en relación con
quienes estén vinculados en procesos ante los órganos de supervisión de la
Convención Americana” (cfr., inter alia, Caso de Luis Uzcátegui. Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte de 27 de noviembre de 2002, considerando
séptimo; Caso de Luisiana Ríos y Otros. Medidas Provisionales. Resolución de la
Corte de 27 de noviembre de 2002, considerando séptimo; Caso de Liliana Ortega y
Otras. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 27 de noviembre de 2002,
considerando séptimo; Caso de la Cárcel de Urso Branco. Medidas Provisionales.
Resolución de la Corte de 29 de agosto de 2002, considerando sexto; Caso Helen
Mack y Otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 26 de agosto de
2002, considerando séptimo; Caso Helen Mack y Otros. Medidas Provisionales.
Resolución del Presidente de 14 de agosto de 2002, considerando séptimo; Caso de
la Cárcel de Urso Branco. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 18 de
junio de 2002, considerando octavo; Caso Gallardo Rodríguez. Medidas
Provisionales. Resolución del Presidente de 20 de diciembre de 2001, considerando
séptimo; Caso del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y Otros.
Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de 25 de octubre de 2001,
considerando octavo; Caso Loayza Tamayo. Medidas Provisionales. Resolución de la
Corte de 3 de febrero de 2001. Serie E No. 3, considerando octavo; Caso Paniagua
Morales y otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 29 de enero de
2001. Serie E No. 3, considerando noveno; Caso Loayza Tamayo. Medidas
Provisionales. Resolución del Presidente de 13 de diciembre de 2000. Serie E No. 3,
considerando noveno; Caso de Haitianos y Dominicanos de Origen Haitiano en la
República Dominicana. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 12 de
noviembre de 2000. Serie E No. 3, considerando sexto; Caso de la Comunidad de
Paz de San José de Apartadó. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 24 de noviembre de 2000, considerando
décimo; Caso de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó. Medidas
Provisionales. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos de 9 de octubre de 2000, considerando octavo; Caso de Haitianos y
Dominicanos de Origen Haitiano en la República Dominicana. Medidas Provisionales.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 18 de agosto de
2000, considerando décimo primero; Caso del Tribunal Constitucional. Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 14 de
agosto de 2000, considerando noveno; Caso del Tribunal Constitucional. Medidas
Provisionales. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos de 7 de abril de 2000. Serie E No. 2, considerando noveno; y Caso Digna
Ochoa y Plácido y otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 17 de noviembre de 1999. Serie E No. 2,
considerando séptimo).
14.
Que esta Presidencia estima necesario que el Estado garantice a José León
Bámaca Hernández, Egidia Gebia Bámaca Velásquez, Josefina Bámaca Velásquez,
Alberta Velásquez, Rudy López Velásquez y demás miembros de la familia Bámaca
Velásquez las condiciones de seguridad necesarias para que puedan seguir viviendo
en su residencia habitual sin temor de sufrir consecuencias en su integridad física,
psíquica y moral (cfr., inter alia, Caso Loayza Tamayo. Medidas Provisionales.
Resolución del Presidente de 13 de diciembre de 2000. Serie E No. 3, considerando
duodécimo y resolutivo primero; Caso de la Comunidad de Paz de San José de
Apartadó. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos
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