12 7. Requerir al Estado que, al remitir la lista completa de todas las personas que se encuentran recluidas en la Cárcel de Urso Branco, indique el número y nombre de los reclusos que se encuentran cumpliendo condena y de los detenidos sin sentencia condenatoria; y que, además, informe si los reclusos condenados y los no condenados se encuentran ubicados en diferentes secciones. 8. Solicitar al Estado que, a más tardar el 1 de octubre de 2002, presente información detallada sobre el cumplimiento de las medidas provisionales ordenadas por este Tribunal en la Resolución de 18 de junio de 2002 y en la presente Resolución; y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presente sus observaciones a dicho informe en un plazo de 15 días contado a partir de su recepción. Alirio Abreu Burelli Presidente Antônio A. Cançado Trindade Máximo Pacheco Gómez Hernán Salgado Pesantes Sergio García Ramírez Oliver Jackman Carlos Vicente de Roux Rengifo Manuel E. Ventura Robles Secretario Comuníquese y ejecútese Manuel E. Ventura Robles Secretario Alirio Abreu Burelli Presidente

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