comprendiera también de los documentos relativos al Escalafón de Personal de las Fuerzas Armadas existentes en el Estado Mayor desde junio de 1979 a diciembre de 1980 81. 60. El 24 de septiembre de 2010 el Fiscal de Recursos del Ministerio Público del Estado solicitó al Jefe de las Fuerzas Armadas del Estado que fueran puestos a disposición los documentos ya desclasificados que se encontraban en su recinto, conforme con las órdenes de órgano jurisdiccional, así como del Auto Supremo de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia (en adelante también “Sala Penal Primera de la Corte”) que establecía que los documentos debían ser desclasificados y ponerlos al conocimiento del Ministerio Público y los investigadores asignados para continuar con la investigación 82. El 28 de septiembre de 2010 se llevó a cabo por parte del fiscal una diligencia de inspección ocular de la documentación requerida en las instalaciones del Estado Mayor. Por lo que se procedió a realizar un inventario de la documentación revisada 83. El 19 de octubre de 2010 el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas remitió informe y documentación manifestando que daba cumplimiento a los requerimientos formulados en los Autos Supremos de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia y resoluciones emitidas por el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Penal Cautelar. Además, indicó que dicha documentación debía permanecer en reserva conforme la última parte del artículo 98 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas 84. Las hermanas Flores Bedregal no tuvieron acceso a la información entregada, ni participaron de la inspección de los archivos militares. 61. El 25 de octubre de 2010 la Sala Penal Primera de la Corte resolvió conjuntamente el recurso de la señora Olga Flores, y las impugnaciones interpuestas por los procesados 85. Dicha Sala Penal Primera de la Corte declaró como infundados los recursos de los procesados y los de las querellantes confirmando la Resolución No. 103/2008. No obstante, declaró parcialmente fundadas las impugnaciones, respecto a la pena de algunos de los procesados, incrementando la pena impuesta por los delitos de falso testimonio de 2 a 3 años, y añadió dos nombres que fueron omitidos en el auto de vista 86. 62. Terminada la etapa de impugnación del proceso penal ordinario, el 27 de noviembre de 2013, el Juzgado Segundo de Ejecución Penal del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz emitió mandamientos de captura contra Franz Pizarro Solano, José Luis Ormachea España y Felipe Froilán Molina Bustamante 87. El 3 de febrero de 2014 la Secretaría del Departamento de Análisis Criminal e Inteligencia informó que después de las investigaciones efectuadas para ejecutar la orden de 81 La señora Olga Flores Bedregal el 14 de abril de 2010 solicitó complementación del Auto Supremo No. 125, de forma tal que se ordenara el acceso a la documentación clasificada, siendo esta el escalafón del personal de las Fuerzas Armadas. Cfr. Escrito de solicitud de complementación de Auto Supremo, presentado por la señora Olga Flores Bedregal, de 14 de abril de 2010 (expediente de prueba, fs. 8535 y 8536), y Auto Supremo No. 167 emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de 16 de abril de 2010 (expediente de prueba, fs. 566 a 567). 82 Cfr. Oficio de 24 de septiembre de 2010 dirigido al Comandante de las FFAA (expediente de prueba, fs. 569). 83 Cfr. Acta de inspección ocular e inventario, de 28 de septiembre de 2010 (expediente de prueba, fs. 571 a 573) e Informe del Fiscal Superior hacia el Fiscal General, sobre las actuaciones del 28 de septiembre de 2010, recibido el 28 de octubre de 2013 en la Fiscalía General (expediente de prueba, fs. 8542 a 8544). 84 Cfr. Comunicado del Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas del Estado Mayor General, dirigido al Fiscal de Recursos de la Fiscalía General del Estado, de 19 de octubre de 2010 (expediente de prueba, fs. 575 a 576). 85 Presentaron medios impugnatorios César Altamirano Lavadenz, Rogelio Gómez Espinoza, Faustino Rico Toro, Marcos Herminio Mena Vargas, Felipe Froilán Molina Bustamante, David Humberto Alarcón Romero, Gregorio Loza Balsa y Gerardo Gianni Prado Herrera; así como María Soledad Quiroga Trigo, como familiar constituida como parte civil ofendida en el proceso penal. Cfr. Auto Supremo No. 504 de la Sala Penal Primera de la Corte, de 25 de octubre de 2010 (expediente de prueba, fs. 457 a 469). 86 Se incluyó en la condena los nombres de Damián Gutiérrez Castro y Sebastián Quispe Apaza, quienes se señaló habrían sido “omitidos sin justificación”. Cfr. Auto Supremo No. 504 de la Sala Penal Primera, supra. 87 Cfr. Mandamientos de captura emitidos por el Juzgado Segundo de Ejecución Penal del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, de 27 de noviembre de 2013, contra Franz Pizarro Solano, José Luis Ormachea España y Felipe Froilán Molina Bustamante (expediente de prueba, fs. 471 a 475). 20

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