43
humanitario cometidas por los paramilitares y la connivencia entre estos grupos y la
fuerza pública, como consecuencia de procesos penales y de investigaciones
disciplinarias abiertos en su contra que no desembocan en el establecimiento de
responsabilidades ni en las correspondientes sanciones37.
Respecto del contexto histórico de Mapiripán y la ocurrencia de la masacre
96.21 El Municipio de Mapiripán es un territorio de 11.400 km2, ubicado en el
extremo sureste del Departamento del Meta a 530 km de distancia del Municipio de
Villavicencio. Actualmente, para llegar a Mapiripán vía terrestre se requieren
aproximadamente nueve horas desde Villavicencio y un día y medio desde San José
del Guaviare, capital del Departamento del Guaviare. Por vía aérea, se requiere
aproximadamente media hora desde este último lugar38.
96.22 El departamento del Meta es considerado como un importante productor de
coca y amapola, así como un lugar de ganadería y agricultura39.
96.23 Al inicio de la década de los años noventa, grupos paramilitares, varias
organizaciones de narcotraficantes y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de
Colombia (en adelante “las FARC”) intentaban controlar la zona donde se encuentra
el municipio de Mapiripán40. Asimismo, dada la importancia estratégica del área, el
grupo paramilitar de las AUC lanzó una campaña armada para aumentar su control
sobre el territorio41.
37
Cfr. Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la
situación de los derechos humanos en Colombia, E/CN.4/2005/10, 28 de febrero de 2005, párrs. 61 y 92;
Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los
derechos humanos en Colombia, E/CN.4/2004/13, 17 de febrero de 2004, párrs. 26, 27, 28, 34 y 77;
Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de
los derechos humanos en Colombia en el año 2002, E/CN.4/2003/13, 24 de febrero de 2003, párr. 77
(expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 41, folio 3713); Informe de la Alta
Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos
humanos en Colombia, E/CN.4/2002/17, 28 de febrero de 2002, párr. 211, 212 y 365 (expediente de
anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 42, folios 3794, 3795, 3796 y 3825); Informe de la
Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos
humanos en Colombia en el año 2000, E/CN.4/2001/15, 20 de marzo de 2001, párrs. 57, 142, 206 y 254
(expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 39, folios 3613, 3630, 3642, 3650 y
3651), e Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la
situación de los derechos humanos en Colombia, E/CN.4/2000/11, 9 de marzo de 2000, párr. 27, 47, 146
y 173.
38
Cfr. informe elaborado por la Fiscalía General de la Nación el 6 de abril de 2005 (expediente de
anexos a los alegatos finales presentados por el Estado, folio 4990).
39
Cfr. resolución de acusación de 7 de abril de 1999 emitida por la Fiscalía de la Unidad Nacional de
Derechos Humanos (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 27, folio 3207
bis); declaración del señor Leonardo Iván Cortés Novoa, rendida ante la Fiscalía General de la Nación el 21
de agosto de 1997 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 30, folios 3400 y
3401), y declaración jurada rendida por la perito Robin Kirk el 15 de febrero del 2005 (expediente sobre
declaraciones rendidas o autenticadas ante fedatario público, folio 4623).
40
Cfr. resolución de acusación de 7 de abril de 1999 emitida por la Fiscalía de la Unidad Nacional de
Derechos Humanos (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 27, folio 3207
bis), y declaración del señor José Luis Parra Vásquez, rendida ante la Fiscalía General de la Nación el 23
de junio de 1998 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 17, folio 3097).
41
Cfr. resolución de acusación de 7 de abril de 1999 emitida por la Fiscalía de la Unidad Nacional de
Derechos Humanos (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 27, folio 3207
bis), y resolución de acusación de 16 de noviembre de 1999 emitida por la Fiscalía General de la Nación
(expediente de anexos a la demanda, anexo 1, folios 42 y 43).
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