24 por segunda vez, concluido el sumario y se dispuso que la Fiscalía emitiera su dictamen en el plazo legal102. 93. El 5 de mayo de 2000 la madre de TGGL solicitó nuevamente la práctica del examen especializado sugerido por los peritos103. 94. El 15 de mayo de 2000, a solicitud de la Fiscalía, el Juzgado Cuarto dispuso la reapertura del sumario y ordenó la práctica de las siguientes diligencias: i) reconocimiento de los archivos de la Cruz Roja para el 18 de mayo de 2000; ii) oficio a la Cruz Roja para que certifique a quiénes corresponden las firmas e iniciales de los documentos con número de registro de la sangre tomada No. 43137, 43144, 43141, 43149, 43146, 43142, 43097 y 43095; iii) oficio a la Clínica Humanitaria para que aporte la historia clínica de la señora Ana Plaza Suconota; iv) ampliación del informe de los peritos indicando el significado de las iniciales que constan en el documento denominado “transfusiones”; y v) realización del examen de identificación y comparación del genotipo viral por técnicas de hibridación en la sangre de HS y de TGGL104. 95. El 18 de mayo de 2000 el Secretario de la Junta Provincial de la Cruz Roja del Azuay remitió copia de registros del Banco de Sangre, donde se indica el listado de las personas que donaron sangre el 22 de junio de 1998, y el resultado negativo de todas estas muestras para el VIH. En cuanto al 23 de junio de 1998 aparece un donante numerado 37, con resultado positivo para el VIH105. 96. El 18 de mayo de 2000 se llevó a cabo diligencia de reconocimiento de archivos en el Banco de Sangre de la Cruz Roja. Se observó que cada donante tiene un código ingresado en la base de datos de la computadora; que a HS y otras cinco personas les correspondieron los números 43137, 43144, 43141, 43149, 43146 y 43142, respectivamente; y que el donante 43137 tiene resultado positivo para VIH. Se dejó constancia de lo siguiente: “de lo observado se pudo constatar que no se realizó prueba alguna con fecha 22 de junio de 1998 a los donantes en cuestión, sino con fecha 23 de junio de 1999; además se observan borrones en las fechas en que se realizaron las pruebas, y también existen borrones en otras fechas”. Se dejó constancia de que la “Dra Ruth106 Orellana” manifestó que antes de diciembre de 1998, las donaciones recibidas pasadas las 6 pm y los fines de semana, no eran registradas107. Mediante comunicación de 24 de mayo de 2000, la Junta Provincial del Banco de Sangre 102 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Cierre del sumario de 22 de marzo de 2000. Folio 95. 103 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Escrito de la madre de TGGL recibido el 5 de mayo de 2000. Folio 96. 104 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Auto de 15 de mayo de 2000. Folio no numerado entre 97 y 98. 105 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Copias de la Cruz Roja. Folio 100. 106 La Comisión entiende que se trata de un error material y que se hace referencia a Edith Orellana, bioquímica del Banco de Sangre de la Cruz Roja. 107 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Acta de reconocimiento de archivos de 18 de mayo de 2000. Folio 102.

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