excepción de litispendencia, señalando que la excepción de prescripción sería tenida en cuenta
en su oportunidad 63.
71. El 4 de octubre de 1988 se ordenó citar a las dos compañías aseguradoras de la
empresa 64. El 18 de abril de 1989 la parte demandada solicitó que se citara a una nueva
aseguradora, la cual fue notificada el 2 de octubre de 1989 65.
72. El 30 de noviembre de 1989 se abrió la causa a prueba 66. Durante el proceso se ordenó
la realización de peritajes en diversos temas 67. Asimismo, se realizaron seis audiencias de
vista de causa en las siguientes fechas: i) el 10 de mayo de 1995 68; ii) el 21 de marzo de
1996 69; iii) el 21 de agosto de 1996 70; iv) el 16 de octubre de 1996 71; v) el 3 de marzo de
1997 72, y vi) el 3 de junio de 1997 73.
73. El Tribunal de Trabajo dictó sentencia el 3 de junio de 1997, nueve años después de
iniciado el proceso. En su sentencia el Tribunal rechazó la demanda interpuesta por el señor
Spoltore en vista de que: a) la cardiopatía que afectaba a Spoltore no encontraba vinculación
con las tareas que desempeñaba; b) no probó en el proceso que, en la realización de sus
tareas, el señor Spoltore “estuviera sometido a presiones de índole física o psíquica, ambiente
extremadamente ruidoso o de actividad extraordinaria”; c) no probó “que hubiera sido objeto
de malos tratos o agresiones de parte de sus superiores o personal directivo”; d) no se acreditó
la peligrosidad o vicio de la labor desempeñada; e) las denuncias policiales no resultan idóneas
para acreditar el hostigamiento laboral del señor Spoltore; y f) no se apreciaba dificultad,
dedicación o exigencia de celeridad en la labor del señor Spoltore 74.
Cfr. Tribunal del Trabajo número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires,
Resolución No. 1147 de 5 de octubre de 1988 (expediente de prueba, folios 2088 a 2089).
63
64
Cfr. Resolución de 4 de octubre de 1988 (expediente de prueba, folio 2095).
Cfr. Escrito presentado por el mandatario judicial de la empresa el 18 de abril de 1989 (expediente de prueba,
folios 2180 a 2181), y notificación de 2 de octubre de 1989 (expediente de prueba, folios 2190 y 2191).
65
Cfr. Resolución de 30 de noviembre de 1989 del Tribunal de Trabajo (expediente de prueba, folio 2224), y
Tribunal de Trabajo número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires. Constancia
de sorteo de perito de 1 de diciembre de 1989 (expediente de prueba, folio 2226).
66
67
Cfr. Resolución de 30 de noviembre de 1989 del Tribunal de Trabajo (expediente de prueba, folio 2224), y
Oficio de la Jefa de Asesoría Pericial del Departamento Judicial de 23 de febrero de 1990 (expediente de prueba, folio
2230).
68
Cfr. Tribunal de Trabajo número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires.
Acta de audiencia de 10 de mayo de 1995 (expediente de prueba, folios 2530 y 2531).
69
Cfr. Tribunal de Trabajo número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires.
Acta de audiencia de 21 de marzo de 1996 (expediente de prueba, folios 2554 y 2555).
Cfr. Tribunal de Trabajo número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires.
Acta de audiencia de 21 de agosto de 1996 (expediente de prueba, folio 2588).
70
71
Cfr. Tribunal de Trabajo número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires.
Acta de audiencia de 16 de octubre de 1996 (expediente de prueba, folio 2605).
72
Cfr. Tribunal de Trabajo número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires.
Acta de audiencia de 3 de marzo de 1997 (expediente de prueba, folio 2638).
Cfr. Tribunal de Trabajo número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires.
Acta de audiencia de 3 de junio de 1997 (expediente de prueba, folios 2667 y 2668).
73
74
Cfr. Sentencia del Tribunal del Trabajo número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de
Buenos Aires de 3 de junio de 1997 (expediente de prueba, folios 2674 y 2675), y Acuerdo del Tribunal del Trabajo
número 3 del Departamento Judicial de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires de 30 de junio de 1997 (expediente
de prueba, folios 2683 y 2685).
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