27 VI CONSIDERACIONES PREVIAS 59. Debido a que el presente caso trata sobre los derechos de los miembros de una comunidad indígena, la Corte considera oportuno recordar, como lo ha hecho en otras ocasiones15, que de conformidad con los artículos 24 (Igualdad ante la Ley) y 1.1 (Obligación de Respetar los Derechos) de la Convención Americana, los Estados deben garantizar, en condiciones de igualdad, el pleno ejercicio y goce de los derechos de estas personas que están sujetas a su jurisdicción. 60. Sin embargo, hay que resaltar que para garantizar efectivamente estos derechos, al interpretar y aplicar su normativa interna, los Estados deben tomar en consideración las características propias que diferencian a los miembros de los pueblos indígenas de la población en general y que conforman su identidad cultural. El mismo razonamiento debe aplicar la Corte, como en efecto lo hará en el presente caso, para valorar el alcance y el contenido de los artículos de la Convención Americana, cuya violación la Comisión y los representantes imputan al Estado. * 61. Con la finalidad de determinar el objeto de la alegada violación del artículo 4 de la Convención Americana (infra párrs. 148 a 185), a continuación el Tribunal examinará las diversas listas de los miembros de la Comunidad presuntamente fallecidos como consecuencia de supuestas omisiones del Estado a su deber de prevención del derecho a la vida, que fueron presentadas por la Comisión y los representantes durante el trámite del presente caso. 62. La Comisión Interamericana detalló en su demanda que desde el año 1991 al año 2003 fallecieron 31 miembros de la Comunidad, pero no solicitó expresamente en ese momento que se declare al Estado internacionalmente responsable por dichas muertes. La lista de personas fallecidas, su edad, fecha de defunción y causa de muerte proporcionada por la Comisión es la siguiente: No. Nombre y sexo EDAD AL FECHA DE DEFUNCIÓN Causa de defunción FALLECER 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 15 NN Galarza (m) Rosana López (f) NN Ferreira (m) NN Ferreira (m) Eduardo Cáceres (m) Eulalio Cáceres (m) Esteban González (m) NN González Aponte Wilfrido González (m) Leoncio González (m) Rosana González(f) Teresio González (m) NN Yegros (m) Antonio Alvarenga (m) Jenny Toledo (f)16 Guido Ruiz Diaz (m) 1 mes 3 años 6 meses 1 año 1 mes S/datos 3 meses 20 años 2 años 1 año 60 años 8 meses 18 años 1 año y 8 meses 4 meses Septiembre, 2001 1997 1991 1991 1999 1999 2000 Diciembre, 2002 1997 1991 1991 11 de mayo, 2003 30 de mayo, 2002 16 de agosto de 1998 24 de agosto 2003 15 de agosto, 2002 Tétanoss Sarampión S/Datos Enterocolitis Pulmonía Pulmonía Sarampión Enterocolitis Accidente de tránsito Anemia-Parasitosis Enterocolitis Accidente de tránsito Neumonía Asesinato Deshidratación Enterocolitis Cfr. Caso Comunidad Indígena Yakye Axa, supra nota 1, párr. 51. 16 Los representantes de las presuntas víctimas la identificaron como “Yenny Toledo” en sus respectivos escritos.

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