Resolución de la Presidenta de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos
De 28 de marzo de 2008
Caso Fermín Ramírez Vs. Guatemala
Supervisión de Cumplimiento de Sentencia
Caso Raxcacó Reyes Vs. Guatemala
Supervisión de Cumplimiento de Sentencia
Caso Raxcacó Reyes y otros
Solicitud de ampliación de medidas provisionales
VISTOS:
A)
Caso Fermín Ramírez
1.
La Sentencia de fondo, reparaciones y costas dictada el 20 de junio de 2005
por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte
Interamericana” o “el Tribunal”), notificada íntegramente al Estado el 15 de julio de
2005, mediante la cual dispuso, por unanimidad, que:
7.
El Estado debe llevar a cabo, en un plazo razonable, un nuevo enjuiciamiento en
contra del señor Fermín Ramírez, que satisfaga las exigencias del debido proceso legal, con
plenas garantías de audiencia y defensa para el inculpado. En caso de que se le impute la
comisión del delito de asesinato, cuya tipificación estaba en vigor al momento de los hechos
que se le imputaron, deberá aplicarse la legislación penal vigente entonces con exclusión de
la referencia a la peligrosidad, en los términos del punto resolutivo siguiente.
8.
El Estado debe abstenerse de aplicar la parte del artículo 132 del Código Penal de
Guatemala que se refiere a la peligrosidad del agente, y modificar dicha disposición dentro
de un plazo razonable, adecuándola a la Convención Americana, conforme a lo estipulado en
su artículo 2, de manera que se garantice el respeto al principio de legalidad, consagrado en
el artículo 9 del mismo instrumento internacional. Se debe suprimir la referencia a la
peligrosidad del agente contemplada en ese precepto.
9.
El Estado debe abstenerse de ejecutar al señor Fermín Ramírez, cualquiera que sea
el resultado del juicio al que se refiere el Punto Resolutivo séptimo.
10.
El Estado debe adoptar, en un plazo razonable, las medidas legislativas y
administrativas necesarias para establecer un procedimiento que garantice que toda persona
condenada a muerte tenga derecho a solicitar indulto o conmutación de la pena, conforme a
una regulación que establezca la autoridad facultada para concederlo, los supuestos de
procedencia y el trámite respectivo; en estos casos no debe ejecutarse la sentencia mientras
se encuentre pendiente la decisión sobre el indulto o la conmutación solicitados.
11.
El Estado debe proveer al señor Fermín Ramírez, previa manifestación de su
consentimiento para estos efectos, a partir de la notificación de la […] Sentencia y por el
tiempo que sea necesario, sin cargo alguno y por medio de los servicios nacionales de salud,
un tratamiento adecuado, incluida la provisión de medicamentos.