hacia “Pescado”73. Esta última patrulla de seguridad se encontraba a lado del camino dentro
de una “maraña”74.
75. Gustavo Giraldo Villamizar Durán fue visto por última vez por el conductor de un bus de
servicio público que circulaba por la misma carretera que él, quien indicó que luego de
cruzarse escuchó “una balacera”75. A partir de entonces, la versión de los hechos del ejército
es que miembros del referido retén dispararon en contra del señor Gustavo Giraldo Villamizar,
quien perdió la vida, a consecuencia de “una destrucción masiva del cerebro y heridas en
órganos abdominales” y que, dadas sus características “juntas o separadas son esencialmente
mortales76”. De acuerdo con la diligencia de levantamiento de cadáver se encontró una
“vainilla cerca al cuerpo del occiso" así como un bolsa, el cual llevaba dentro de sí: dos
granadas de fragmentación; quince cartuchos de calibre 9 mm en su respectivo estuche de
plástico, dos folletos alusivos al Grupo Subversivo FARC-EP77”. El contenido del protocolo de
la autopsia determinó que el occiso presentó 4 heridas efectuadas por arma de fuego con
orificios de salida respectivamente: i) en la región parietal y parte de la frontal; ii) con
“exposición de múltiples fragmentos óseos y bordes irregulares en región occipital...”; iii)
“región pectoral izquierda del tórax”; y iv) “vértice de la cara dorsal de la mano...”. De acuerdo
al protocolo ninguno de los disparos dejaron tatuaje ni ahumamiento y tuvieron una
trayectoria ‘inferior-superior’ y ‘postero- anterior’”78.
76. La versión de los militares presentes en el operativo indica que el señor Giraldo
Villamizar se desplazaba en una motocicleta con dirección al retén y, al verlos, se habría dado
la vuelta en forma abrupta. En ese momento, se le habría dado la orden de alto a nombre del
Ejercito Nacional y, sin detenerse, el señor Villamizar habría continuado su camino de regreso.
Cfr. Diligencia de Declaración que rinde P.C.L. ante el juzgado 124 de Instrucción Penal Militar, 24 de octubre
de 1996 (expediente de prueba, folios 61-64); Diligencia de Declaración que rinde D.D.W. ante el Juzgado 124 de
Instrucción Penal Militar, 24 de octubre de 1996 (expediente de prueba, folios 65-68); Diligencia de Declaración que
rinde J.V.J.M. ante el Juzgado 124 de instrucción Penal Militar, 24 de octubre de 1996 (expediente de prueba, folios
73-78); Diligencia de Declaración que rinde G.U.M. ante el Juzgado 124 de Instrucción Penal Militar, 24 de octubre
de 1996 (expediente de prueba, folios 57-60); Diligencia de Declaración que rinde J.I.B.L. ante el Juzgado 124 de
Instrucción Penal Militar, 26 de octubre de 1996 (expediente de prueba, folios 92-94); Diligencia de Declaración que
rinde R.P. ante el Juzgado 124 de Instrucción Penal Militar, 26 de octubre de 1996 (expediente de prueba, folios 8387); Diligencia de Declaración que rinde I.G. ante el Juzgado 124 de lnstrucción Penal Militar, 20 de enero de 1997
(expediente de prueba, folios 88-91); Diligencia de declaración que rinde A.M.Q. ante el juzgado 124 de instrucción
Penal Militar, 24 de octubre de 1996 (expediente de prueba, folios 69-72); Diligencia de Declaración que rinde
N.A.M.L. ante el Juzgado 124 de instrucción Penal Militar, 30 de agosto de 1996 (expediente de prueba, folios 98100).
73
Cfr. Diligencia de Declaración que rinde J.V.J.M. ante el Juzgado 124 de instrucción Penal Militar, 24 de
octubre de 1996 (expediente de prueba, folios 73-78).
74
75
51).
Cfr. Declaración de E.O.H. ante el Personero Municipal, 11 de octubre de 1996 (expediente de prueba, folio
Cfr. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Protocolo de Autopsia No. 040·96-ILS
(expediente de prueba, folios 10-15).
76
Cfr. Unidad Investigativa de Policía Judicial Saravena, Arauca, Álbum fotográfico, 28 de octubre de 1996.
Anexo al escrito del Estado de recibido el 26 de agosto de 2010 (expediente de prueba, folios 103-109).
77
De acuerdo al protocolo de autopsia: i) la primera, con orificio de entrada a 11 cms del vértice y a 8 cms de
la línea posterior en región retroaricular derecha de la cabeza y orificio de salida que compromete toda la región
parietal y parte de la frontal; ii) la segunda, con orificio de entrada a 23 cms, del vértice y a 5 cms de la línea media
posterior en región lateral derecha del cuello y orificio de salida con exposición de múltiples fragmentos óseos y
bordes irregulares en la región occipital izquierda baja de la cabeza a 10 cms del vértice y a 6 cms de la línea media
posterior; iii) la tercera a 55 cm del vértice y a 2.5 cms de la línea media posterior en región paravertral izquierda
de la espalda y orificio de salida a 53 cms del vértice y a 11 cms la línea anterior en región pectoral izquierda del
tórax, y iv) la cuarta, con orificio de salida a 99 cms del vértice en el tercio proximal de la segunda falange del
segundo dedo mano izquierda, cara dorsal, y orificio de salida a 90 cms del vértice en la cara dorsal de la mano en
el límite entre los metacarpianos del primero y segundo dedo. Cfr. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias
Forenses, Protocolo de Autopsia No. 040-96-ILS (expediente de prueba, folios 14-15).
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