RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS* DE 4 DE JULIO DE 2006 SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES PRESENTADA POR LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RESPECTO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CASO DE LA FUNDACIÓN DE ANTROPOLOGÍA FORENSE DE GUATEMALA VISTO: 1. El escrito de 10 de abril de 2006 y sus anexos, mediante los cuales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) sometió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “el Tribunal”), de conformidad con los artículos 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y 25 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), una solicitud de medidas provisionales, con el propósito de que el Estado de Guatemala (en adelante “el Estado” o “Guatemala”) adopte las medidas necesarias para proteger la vida y la integridad personal de los miembros de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (en adelante “la Fundación” o “la FAFG”) y los familiares de su Director Ejecutivo, el señor Fredy Armando Peccerelli Monterroso. 2. Los supuestos hechos en que se fundamenta la solicitud de medidas provisionales presentada por la Comisión, a saber que: a. la FAFG es una institución no lucrativa, no gubernamental, de carácter científico que realiza investigaciones antropológico forenses objetivas e imparciales de muertes sospechosas (individuales o masivas) utilizando la arqueología y antropología física y social. Actualmente trabajan en la Fundación 61 personas; El Juez Oliver Jackman informó al Tribunal que, por motivos de fuerza mayor, no podía estar presente en la deliberación de la presente Resolución.

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