Presidente Rafael Correa solicitó expresamente que se tomara en cuenta su rol como ‘Jefe de Estado y de Gobierno’, manifestando como fundamento de su querella que se le ataca y desacredita con relación a actuaciones relacionadas directamente con su mandato, tomando en cuenta su carácter de ‘autoridad’ como Presidente de la República”. Afirman que “quien dice demandar como ciudadano, lo hace respecto de una crítica a su actuación como Presidente, y pide una sanción que solo es aplicable a quien injuria a una autoridad”. En su petitorio, el Presidente Correa “solicitó que se condene a los querellados a la máxima pena de tres años de prisión, y al pago indemnizatorio que consiste en el monto solicitado de Cincuenta Millones de Dólares de los Estados Unidos […] al mencionado periodista y directivos de manera solidaria, y de Treinta Millones de Dólares […] a la Compañía Anónima El Universo”. 9. Los peticionarios expresaron que el citado proceso penal fue objeto de conocimiento de múltiples jueces, y quienes se excusaron, separaron del caso, mientras que otros fueron suspendidos, sustituidos o nombrados, incluso por algunas horas. Manifestaron que el 19 de julio de 2011 se celebró la audiencia de juzgamiento de juicio penal, la cual fue celebrada por un juez temporal, “quien dijo que se incorporaba al proceso en ese momento”. Los peticionarios precisaron que la citada audiencia se celebró bajo "un fuerte ambiente político y confrontacional”. 10. Señalaron que el 20 de julio de 2011, al día siguiente de finalizada la relatada audiencia, el juez temporal del Juzgado Décimo Quinto de Garantías Penales de Guayas, Juan Paredes, publicó sentencia en la que consideró que los acusados eran responsables de la comisión del citado delito, y los condenó a tres años de prisión, y multa de doce dólares de los Estados Unidos de América. Asimismo, los condenó al pago de daños y perjuicios causados al querellante Rafael Correa por la cantidad de US $30.000.00 dólares, y condenó civilmente a la Compañía Anónima El Universo por la cantidad de US $10.000.00 dólares. En adición a lo anterior, se condenó a los peticionarios al pago de US $2.000.00 dólares por concepto de costas a favor de los abogados del Presidente Correa. Asimismo, los peticionarios resaltaron la imposibilidad material de que se haya publicado un fallo de 156 hojas en 25 horas (tras la citada audiencia), por un juez que recién había asumido competencia. Según los peticionarios, cuando el juez temporal dictó sentencia el expediente contaba con 5.878 fojas. 11. Los peticionarios precisaron que el 22 de julio de 2011 el Presidente Rafael Correa apeló el fallo de primera instancia. Afirmaron que ese mismo día Carlos Nicolás Pérez Lapentti, Carlos Eduardo Pérez Barriga, y Cesar Enrique Pérez Barriga interpusieron recursos de apelación y nulidad contra la sentencia, y el 26 de julio lo hizo Emilio Palacio. Los peticionarios agregaron que la causa fue asignada a la Segunda Sala Penal de Guayas, que después de varias prórrogas e irregulares cambios en la composición de sus jueces, celebró la audiencia de apelación los días 16 y 20 de septiembre de 2011. 12. Al respecto, los peticionarios indicaron que, en efecto, el 5 de septiembre de 2011 la Sala dictó una providencia según la cual ordenó que se realizaran “dos audiencias: primero la del recurso de nulidad y, posteriormente, si fuere el caso, la apelación”, y postergó la audiencia para el martes 4 de octubre “en la que se conocerá exclusivamente la fundamentación del recurso de nulidad”. Ese mismo día, el Presidente Rafael Correa dictó el Decreto Ejecutivo No. 872, mediante el cual se declaró el Estado de Excepción en la Función Judicial, que permite “la movilización de todo el personal de la función judicial”, incluso los jueces asignados a esta causa. 13. Los peticionarios afirmaron que, en efecto, el 13 de septiembre el juez titular de la Sala Segunda, Primo Díaz Garaycoa, fue trasladado a otro cargo de la función judicial por el periodo del 13 al 19 de septiembre y que durante su breve ausencia la nueva composición de la Sala expidió una resolución revocando la resolución de 5 de septiembre, por el cual se ordenaba la realización de la audiencia de nulidad para el 4 de octubre. La Sala habría decidido fijar la audiencia de apelación y nulidad para el 16 de septiembre. Indicaron que el juez Primo Díaz culminó las funciones en el otro cargo asignado antes de lo previsto y se reincorporó al cargo el 15 de septiembre. Al regresar a sus funciones y enterarse de la decisión adoptada durante su ausencia, el juez Primo Díaz Garaycoa renunció a su cargo. 14. Alegaron que se enteraron que la Sala había fijado la audiencia para el siguiente día (16 de septiembre), a través de un mensaje publicado a las 6:00 am por Rafael Correa en su cuenta en Twitter “[…] 3

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