tenía una relación con la esposa del Capitán Villasmil Antunez -oficial que estuvo a cargo de la práctica, que sabría de la relación y que habría amenazado a la presunta víctima-23; que a pesar de que el señor Ortiz estaría atravesando una alambrada de púas, no había rasguños en su cadáver o alguna herida producida por la alambrada; que los impactos de bala de una ametralladora a corta distancia no tuvieran orificios de salida24; que ochenta alumnos habían atravesado el obstáculo sin problemas y que “los tiros hayan dado en la parte superior derecha del cuerpo” cuando por la colocación de la ametralladora y el instructor estos “debieron alojarse en el lado izquierdo”25. Posteriormente denunciaron que según el testimonio de un compañero de la presunta víctima, él ni siquiera llegó a entrar a la “conejera” sino que cuando llegó a la práctica “venía sosteniendo su brazo y gritando: me dio, me dio”26. 42. Existen distintos informes médico-forenses realizados tras el fallecimiento de Johan Alexis; así por ejemplo uno establece que Johan Alexis ingresó al Hospital con herida por arma de fuego “con orificio de entrada a nivel de línea axilar anterior redondeado de [más o menos] 1 cms de [ilegible] sangrante y de salida en fosa supra supraclavicular de [más o menos] 3 cms con sangramiento activo” y la autopsia que indica que presentaba una herida perforante producida por disparo de arma de fuego con orificio de entrada y sin orificio de salida27. 43. El cuerpo del señor Ortiz habría sido recibido en la morgue del Hospital Central de San Cristóbal alrededor de las 8 de la noche, limpio, sin rasgos de sangre y con un “traje de baño de varios colores”. Sus padres sostienen que fueron informados que podrían recibir el cuerpo “[…] listo 15 o 20 minutos después de practicada la autopsia con la condición de recibirlo en urna cerrada y no abrirla”, condición a la cual se negaron. Denunciaron que el cuerpo de su hijo permaneció “expuesto en una camilla toda la noche sin las condiciones mínimas de conservación” y que permanecieron a la espera de poder recibirlo hasta el día siguiente, sin recibir alguna explicación o motivo por el cual se había dejado en esas condiciones, motivo por el cual sólo pudieron “sacarlo de la morgue directo al cementerio”28. 23 Ver por ejemplo, Anexo 16. Denuncia presentada por Edgar Humberto Ortiz y Zaida Hernández ante el Presidente de la Fundación Justicia, Elias Pernia, de 5 de mayo de 1998. Anexo a la petición inicial de 15 de marzo de 2000; y Anexo 18. Escrito de la señora Zaida Hernández, entregado a los medios de comunicación, sobre la decisión del Juez Militar de Primera Instancia de Guasdualito. Anexo 4 del escrito de los peticionarios de 28 de agosto de 2000. 24 Anexo 16. Denuncia presentada por Edgar Humberto Ortiz y Zaida Hernández ante el Presidente de la Fundación Justicia, Elias Pernia, de 5 de mayo de 1998. Anexo a la petición inicial de 15 de marzo de 2000. Las fotos mencionadas en dicha denuncia, también fueron aportadas como parte del expediente ante la CIDH. Ver también, Anexo 15. Informe del caso preparado por Edgar Ortiz y Zaida Hernández. Sección “Detalles relacionados con la muerte de Johan Alexis Ortiz”, pág. 16. Anexo al escrito de los peticionarios recibido el 16 de junio de 2000. Un relato similar del señor Ortiz fue puesto en conocimiento del Fiscal Cuarto del Ministerio Público en fecha 17 de febrero de 1998. Anexo 19. Escrito de 17 de febrero de 1998, dirigido al Dr. Hernan Roa Contreras, Fiscal Cuarto del Ministerio Público, suscrito por Edgar Ortiz y Zaida Hernández. Anexo al escrito de los peticionarios de 16 de junio de 2000. 25 Anexo 16. Denuncia presentada por Edgar Humberto Ortiz y Zaida Hernández ante el Presidente de la Fundación Justicia, Elias Pernia, de 5 de mayo de 1998. Anexo a la petición inicial de 15 de marzo de 2000. Como anexo a esa denuncia y en el expediente ante la CIDH, también se aportó un gráfico con la explicación visual de la práctica, la ubicación de los obstáculos y las personas que intervenían en la misma (Anexo 20). Ver también Carta dirigida por la señora Zaida Hernández, al Presidente de la República, Hugo Chávez Frías en febrero de 1999, titulada “Suplica de una madre al Presidente Hugo Chávez”. El texto de dicha carta se encuentra reproducido en el Anexo 21. Libro Las calaveras tienen lengua. El asesinato de Johan Alexis, Estudiante de la GN págs. 172-173 y Carta dirigida por la señora Zaida Hernández al Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, fecha del 23 de mayo de 1999. El texto de dicha carta se encuentra reproducido en el Anexo 21. Libro Las calaveras tienen lengua. El asesinato de Johan Alexis, Estudiante de la GN, págs. 174-180. 26 Anexo 22. Comunicación de 25 de mayo de 1998, dirigida al Ministro de Defensa, Vicealmirante Tito Manlio Rincón Bravo, por Zaida Hernández de Arellano y Edgar Humberto Ortiz. Anexa a la petición inicial de 15 de marzo de 2000. Ver también: Anexo 16. Denuncia presentada por Edgar Humberto Ortiz y Zaida Hernández ante el Presidente de la Fundación Justicia, Elias Pernia, de 5 de mayo de 1998. Anexo a la petición inicial de 15 de marzo de 2000. 27 Ver: Anexo 9. Informe médico de la Dirección Regional del Sistema Nacional de Salud, estado Táchira, Hospital El Piñal, de fecha 15 de febrero de 1998. Firmado por la doctora Lucy Vega como médico tratante. Anexo de acta de inspección judicial realizada por el Juzgado de la Parroquia del Municipio Monseñor Alejandro Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira en la sede del Hospital El Piñal en fecha 27 de agosto de 1998. Ambos documentos anexos al escrito de los peticionarios recibido el 16 de junio de 2000; y Anexo 5. Informe médico-legal de 2 de marzo de 1998, realizado por la doctora Ana Cecilia Rincón Bracho y el doctor Nelson Jesús Báez Jordan. Oficio No. 001128. Anexo al escrito de los peticionarios recibido el 16 de junio de 2000. 28 Anexo 15. Informe del caso preparado por Edgar Ortiz y Zaida Hernández. Sección “Detalles relacionados con la muerte de Johan Alexis Ortiz”, págs. 16 y 18. Anexo al escrito de los peticionarios recibido el 16 de junio de 2000. Ver también: Anexo 16. Denuncia [continúa…] 9

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