Resolución de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos
de 6 de febrero de 2008
Medidas Provisionales respecto de Argentina
Asunto Millacura Llaipén y otros
VISTOS:
1.
La Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante “el Presidente de la Corte”) de 21 de junio de 2006.
2.
La audiencia pública sobre la solicitud de medidas provisionales celebrada en
la sede la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte
Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 6 de julio de 2006.
3.
La Resolución de la Corte de 6 de julio de 2006, mediante la cual ratificó en
todos sus términos la Resolución del Presidente de la Corte de 21 de junio de 2006
(supra Visto 1) y ordenó al Estado que, inter alia:
1.
[…] mantenga las medidas que hubiese adoptado y que adopte, de forma inmediata,
todas las medidas que sean necesarias para proteger los derechos a la vida y a la integridad
personal de María Leontina Millacura Llaipén, Marcos y Valeria Torres, Juan Pablo Caba, Gerardo
Colín, Patricio Oliva, Tamara Bolívar, Walter Mansilla, Miguel Ángel Sánchez, Silvia de los Santos,
Verónica Heredia, y Viviana y Sonia Hayes, para lo cual tome en consideración la gravedad de la
situación y las circunstancias particulares de riesgo.
2.
[…] adopte, de forma inmediata, todas las medidas que sean necesarias para proteger
los derechos a la vida y a la integridad personal de las nietas de la señora María Leontina
Millacura Llaipén (hijas de Marcos y Valeria Torres), de la señora Marcela (“señora de Marcos
Torres”), de Alberto y Noelia Hayes, y de Luis Alberto Gajardo, para lo cual tome en
consideración la gravedad de la situación y las circunstancias particulares de riesgo.
3.
[…] investigue los hechos que motivaron la adopción de estas medidas provisionales y,
en su caso, identifique a los responsables y les imponga las sanciones correspondientes.
4.
[…] brinde participación a los beneficiarios de estas medidas o sus representantes en la
planificación e implementación de las mismas y que, en general, les mantenga informados sobre
el avance de su ejecución.
Asimismo, ordenó a las representantes de los beneficiarios de las presentes medidas
provisionales (en adelante “las representantes”) que:
5. […] en el plazo de dos semanas, contado a partir de la fecha de notificación de esta
Resolución, presenten un escrito en el cual fundamenten su solicitud de ampliación de medidas a
favor de Miguel Ángel Gallardo. Asimismo, en caso de que las representantes consideren que los
señores Luis Alberto Alcaína, Diego Álvarez, Mauricio Agüero y Cristian Gamín deben estar
protegidos por medidas provisionales, pueden presentar dicha solicitud en ese mismo escrito,
debidamente fundamentada.
[…]