-42entre febrero de 2002 y mayo de 2005 por tribunales internos, en que se ordenaban
medidas de protección a su favor (infra párr. 164, 167 y 168). La mayoría de los hechos
específicos analizados fueron denunciados ante autoridades estatales, específicamente ante
el Ministerio Público (infra párrs. 302-305). Esto demuestra que estas situaciones eran
conocidas por el Estado.
144. Los representantes alegaron que los “ataques y agresiones contra periodistas y
demás trabajadores de Globovisión por parte de particulares [… son] el resultado directo de
sus ataques de violencia verbal”, pues “no es casual” que, luego de producirse un ataque
verbal violento mediante tales discursos, a los pocos días en la cobertura periodística
ocurran episodios violentos contra sus periodistas o sus bienes”99. Señalaron que grupos de
particulares organizados, que se identifican abiertamente como grupos de “partidarios o
seguidores del oficialismo”, identificados como integrantes de los grupos “para estatales”
denominados “Círculos Bolivarianos” o incluso como “meros partidarios que no pudieron ser
identificados como agentes del Estado”, se habrían encontrado “ejecutando una línea de
acción consecuente con los mensajes transmitidos públicamente desde las más altas esferas
del poder”.
145. Al respecto, la Corte observa que en su Informe de fondo la Comisión hizo la
siguiente consideración:
123.
Antes de entrar a analizar los parámetros generales de atribución de responsabilidad con
relación a los hechos cometidos por particulares, la Comisión considera necesario referirse al
alegato de los peticionarios sobre la atribución directa al Estado de los hechos cometidos
supuestamente por miembros de los Círculos Bolivarianos. La Comisión observa que este alegato
fue presentado únicamente en la petición inicial, pues en todos los escritos posteriores los
peticionarios se refirieron en términos generales a "partidarios del gobierno" a fin de identificar a
sus agresores. Además de ello, la prueba presentada no apunta a demostrar, ni tampoco es
posible inferir a partir de ella, que algunos de los hechos de violencia física y verbal hubieran sido
cometidos efectivamente por personas pertenecientes y formalmente inscritas en dichas
entidades. […] Teniendo en cuenta lo anterior, el examen de imputabilidad debe limitarse a actos
cometidos por particulares en términos generales.
146. En efecto, en su demanda la Comisión no alegó específicamente que la
responsabilidad del Estado se basara en la atribución de los hechos a personas o grupos que
conformaran los llamados “Círculos Bolivarianos”. Tal circunstancia está en principio fuera
del marco fáctico del presente caso. Aún en la hipótesis de que ese supuesto de hecho
alegado por los representantes fuese un complemento de lo expuesto por la Comisión, se
debe notar que aquéllos no han presentado alegatos ni prueba que acrediten lo relevante
respecto de la constitución de esas asociaciones, entidades o grupos de personas, su
funcionamiento y, sobre todo, las formas en que estarían apoyados, financiados, dirigidos o,
de alguna manera, vinculados con el gobierno o alguna institución o entidad estatal. Incluso
en la hipótesis, no comprobada, de que alguno de los hechos alegados fuese atribuible a
esos grupos o a personas vinculadas con los mismos, se requeriría prueba específica de ese
vínculo -y del incumplimiento de los deberes estatales de prevención y protección- para
atribuir al Estado los actos de esas personas.
147. Los representantes tampoco especificaron los efectos que una relación de “personas
organizadas vinculadas al gobierno” tendría en esos hechos, ni definieron qué entienden por
99
Los representantes presentaron un cuadro en el que se reseñan cronológicamente las intervenciones del
Presidente de la República, por un lado, y 19 de esos hechos consistentes en alegadas agresiones de las que
supuestamente habrían sido objeto las presuntas víctimas como consecuencia de tales discursos, por el otro, para
fundamentar el nexo de causalidad entre esos hechos y los discursos señalados y la consecuente violación de la
integridad personal de los trabajadores de Globovisión que se habrían visto afectados.
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