-61derechos humanos que se presentaron […] en el marco del conflicto armado, lograr la
reconciliación y buscar la reincorporación a la vida civil de los miembros de [GAOML Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley] que hayan expresado su voluntad de
contribuir en el proceso transicional y que cumplan todos los requisitos establecidos por
la ley”. Finalmente, resaltó “que en el marco […] de Justicia y Paz, las víctimas cuentan
con múltiples oportunidades procesales para participar y expresar sus posturas”;
c. Sobre la debida diligencia en la corroboración de la información obtenida en el marco
de las versiones libres, afirmó que se han realizado numerosas diligencias de
investigación para verificar lo señalado por los postulados y que los Fiscales han tenido
en cuenta diversas declaraciones rendidas por las víctimas de este caso para determinar
las líneas de investigación a seguir287. Concluyó que se han implementado medidas
adecuadas con el fin de establecer el contexto en el cual ocurrieron los hechos, identificar
patrones de criminalidad que pudieron dar lugar a los mismos, y establecer la
circunstancias concretas en las cuales se presentó cada una de las violaciones alegadas;
y que la labor investigativa no ha estado limitada a la realización de versiones libres sino
que ha tenido en cuenta distintas fuentes de información a las que hizo referencia;
d. Sobre la metodología de investigación desarrollada por la FGN para dar cuenta de los
planes criminales que subyacen a la comisión de violaciones a los derechos humanos,
indicó que “ha venido implementando a partir de 2012 [una estrategia de priorización
incluye que] las ‘políticas’ del respectivo GAOML como uno de sus componentes […]” y
que se basa en categorías derivadas de la jurisprudencia de la Corte Interamericana y
otros tribunales internacionales dentro de las cuales se encuentran las de “prácticas” y
“modus operandi”. Sobre la información contextual y de patrones de macro criminalidad
relacionados con el caso concreto, argumentó que “la Fiscalía presentó ante los
Magistrados de la Sala de […] Justicia y Paz, el contexto en el que se desarrolló el
accionar de las denominadas [ACMM], construido a partir de la[s] distintas fuentes de
información obtenidas en [el] desarrollo de la investigación”. Agregó que “[e]ste contexto
continúa siendo documentado y ampliado, de acuerdo con la información que dentro de
la labor de verificación [desarrollada] por la [FGN] se obtenga”;
e. Sobre la contribución del procedimiento de Justicia y Paz para el esclarecimiento de
la verdad respecto de la responsabilidad de actores políticos, económicos y militares
relacionados con los hechos que son investigados, indicó que si bien la “jurisdicción
especial de [J]usticia y [P]az no puede [desarrollar] la acción penal respecto de personas
que no son desmovilizadas de un GAOML y postuladas a la Ley de Justicia y Paz, los
Fiscales y Jueces que hacen parte de la misma, están en la obligación de compulsar
copias a la Justicia Permanente cuando advierten que terceras personas no sujetas a la
jurisdicción especial, deben ser investigadas por la posible comisión de hechos
delictivos”. El Estado alegó que las confesiones e investigaciones en el proceso de Justicia
y Paz han tenido impacto, por ejemplo, en el tema de la “parapolítica”;
f. Sobre la garantía del derecho a la verdad, alegó que su cumplimiento es posible a
través de una investigación diligente que busque la coincidencia entre la verdad procesal
y la verdad real, y que los estándares internacionales en la materia, evidencian la
relación intrínseca que existe entre el derecho a la verdad y el derecho de acceso a la
justicia. Agregó que esa visión es reconocida igualmente por el marco normativo de
justicia transicional implementado por el Estado. Además, señaló que teniendo en cuenta
287
Agregó que de acuerdo a lo anterior, “la Fiscalía ha sido cuidadosa en la realización de diligencias
investigativas con la finalidad de esclarecer diversas hipótesis fácticas como la existencia de listas elaboradas por
militares y entregadas a grupos paramilitares, la participación de miembros del Ejército en los hechos del caso, la
existencia de vínculos entre comerciantes y ganaderos con los grupos paramilitares que operaban en la zona y su
participación en los hechos del caso, y la ubicación de los restos de las personas desaparecidas”.