RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 15 DE FEBRERO DE 2024 CASO AGUAS ACOSTA Y OTROS VS. ECUADOR CONVOCATORIA A AUDIENCIA VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de solicitudes y argumentos”) del representante de las presuntas víctimas 1 (en adelante “el representante”), y el escrito de excepción preliminar y contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) del Estado de Ecuador (en adelante “Ecuador” o “el Estado”), así como los escritos de observaciones a la excepción preliminar presentados por la Comisión y el representante. 2. La Resolución emitida el 12 de mayo de 2023 por el Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante la cual se decidió convocar al Estado de Ecuador, al representante de las presuntas víctimas y a la Comisión IDH a una audiencia pública sobre Excepción Preliminar y los eventuales Fondo, Reparaciones y Costas en el presente caso 2. 3. Las notas de 31 de mayo de 2023, mediante los cuales el representante de las presuntas víctimas y el Estado informaron que, se iniciaron diálogos entre ellos y han convenido llegar a una solución amistosa, así como también solicitaron diferir la audiencia pública convocada en el presente caso a fin de alcanzar en el menor tiempo posible un acuerdo que respete los derechos de las víctimas. 4. El Escrito de observaciones de la Comisión presentado el 5 de junio de 2023, mediante el cual la Comisión IDH se refirió a la solicitud del Estado y del representante de diferir la audiencia pública convocada en el presente caso. 5. La nota de Secretaría de 7 de junio de 2023, mediante la cual se informó, siguiendo instrucciones de la Presidencia, que se suspende la audiencia pública sobre Excepción Preliminar y los eventuales Fondo, Reparaciones y Costas convocada. Además, se otorgó un plazo hasta el 17 de julio de 2023 para que las partes presenten al Tribunal el acuerdo de solución amistosa. 6. La nota de Secretaría de 22 de agosto de 2023, mediante la cual se informó, siguiendo instrucciones de la Presidencia, que se ha otorgado un plazo adicional hasta el 1 de diciembre de 2023 para remitir el referido acuerdo de solución amistosa. 7. La nota de Secretaría de 4 de diciembre de 2023, mediante la cual se informó, siguiendo instrucciones de la Presidencia, que se ha otorgado un plazo adicional hasta el 14 La representación de las presuntas víctimas corresponde a la organización Comisión Ecuménica de Derechos Humanos, que interviene a través de César Duque. 1 2 Disponible en el siguiente enlace: https://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/aguas_acosta_12_05_2023.pdf

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