RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 15 DE FEBRERO DE 2024
CASO AGUAS ACOSTA Y OTROS VS. ECUADOR
CONVOCATORIA A AUDIENCIA
VISTO:
1.
El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la
Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de
solicitudes y argumentos”) del representante de las presuntas víctimas 1 (en adelante “el
representante”), y el escrito de excepción preliminar y contestación al sometimiento del caso
y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) del Estado de
Ecuador (en adelante “Ecuador” o “el Estado”), así como los escritos de observaciones a la
excepción preliminar presentados por la Comisión y el representante.
2.
La Resolución emitida el 12 de mayo de 2023 por el Presidente de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, mediante la cual se decidió convocar al Estado de
Ecuador, al representante de las presuntas víctimas y a la Comisión IDH a una audiencia
pública sobre Excepción Preliminar y los eventuales Fondo, Reparaciones y Costas en el
presente caso 2.
3.
Las notas de 31 de mayo de 2023, mediante los cuales el representante de las
presuntas víctimas y el Estado informaron que, se iniciaron diálogos entre ellos y han
convenido llegar a una solución amistosa, así como también solicitaron diferir la audiencia
pública convocada en el presente caso a fin de alcanzar en el menor tiempo posible un acuerdo
que respete los derechos de las víctimas.
4.
El Escrito de observaciones de la Comisión presentado el 5 de junio de 2023, mediante
el cual la Comisión IDH se refirió a la solicitud del Estado y del representante de diferir la
audiencia pública convocada en el presente caso.
5.
La nota de Secretaría de 7 de junio de 2023, mediante la cual se informó, siguiendo
instrucciones de la Presidencia, que se suspende la audiencia pública sobre Excepción
Preliminar y los eventuales Fondo, Reparaciones y Costas convocada. Además, se otorgó un
plazo hasta el 17 de julio de 2023 para que las partes presenten al Tribunal el acuerdo de
solución amistosa.
6.
La nota de Secretaría de 22 de agosto de 2023, mediante la cual se informó, siguiendo
instrucciones de la Presidencia, que se ha otorgado un plazo adicional hasta el 1 de diciembre
de 2023 para remitir el referido acuerdo de solución amistosa.
7.
La nota de Secretaría de 4 de diciembre de 2023, mediante la cual se informó,
siguiendo instrucciones de la Presidencia, que se ha otorgado un plazo adicional hasta el 14
La representación de las presuntas víctimas corresponde a la organización Comisión Ecuménica de Derechos
Humanos, que interviene a través de César Duque.
1
2
Disponible en el siguiente enlace: https://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/aguas_acosta_12_05_2023.pdf