87. El Salvador es uno de los pocos países del mundo que mantienen la prohibición absoluta de abortar.
Se han dado casos de mujeres que, después de haber pasado por una emergencia obstétrica, incluso en
peligro de muerte, o de haber sufrido un aborto espontáneo, han sido injustamente acusadas de haber
inducido una interrupción de la gestación. Más de 20 mujeres han sido acusadas de homicidio agravado
en relación con ese tipo de situaciones y condenadas a penas de hasta 40 años de prisión. Según los datos
aportados por la sociedad civil, desde octubre de 2017 han sido encarceladas al menos 159 mujeres en
aplicación de las disposiciones del Código Penal relativas al aborto.
(…)
89. Los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y las organizaciones interamericanas
han reclamado de forma reiterada que se despenalice el aborto para salvaguardar el derecho de la mujer
a la vida, la salud, la autonomía y el bienestar. En febrero de 2017, el Comité para la Eliminación de la
Discriminación contra la Mujer expresó su preocupación por la penalización absoluta del aborto y por
que las mujeres tuvieran que recurrir a métodos de aborto en condiciones de riesgo, y pidió que se
revisara la legislación en la materia y se introdujera una moratoria sobre su aplicación (véase
CEDAW/C/SLV/CO/8-9, párr. 36).
90. La Relatora Especial recuerda que, cuando la muerte de una mujer se pueda relacionar médicamente
con la negación deliberada de una atención médica que podría salvarle la vida a causa de la prohibición
absoluta del aborto por ley, el hecho no solo constituirá una vulneración del derecho a la vida y una
privación arbitraria de la vida, sino también una ejecución arbitraria por motivos de género, a manos del
Estado, que sufren únicamente las mujeres, debido a una discriminación consagrada por ley.
91. No existe información unificada o actualizada sobre cuántas mujeres se han sometido a abortos en
condiciones de riesgo o cuántas de ellas han sido privadas arbitrariamente de la vida debido a
complicaciones obstétricas. Según la información recibida, entre 2011 y 2015 murieron 14 mujeres por
complicaciones relacionadas con el aborto, 13 por embarazo ectópico y 36 por complicaciones del
embarazo. Aunque la tasa de mortalidad materna ha disminuido significativamente en los últimos años,
se registra una alta tasa de suicidios de mujeres embarazadas. Según la sociedad civil, el 57 % de las
mujeres que se suicidaron en 2016 estaban embarazadas (69 de 121)17.
28.
Por otra parte, en el ámbito de la Organización de Estados Americanos, el Comité de Expertas del
Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención de Belém do Pará, reiteró en 2014 la
necesidad de que sea derogada cualquier tipo de norma en El Salvador que penalice el aborto de una mujer en
los casos de violencia sexual y de aborto terapéutico. En este sentido, el Comité ha destacado la gravedad y el
impacto de las normas penales que regulan esta materia en el derecho a la vida de las mujeres, y de manera
especial, como los abortos ilegales aumentan las tasas de mortalidad materna”18.
29.
El Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador también manifestó su profunda preocupación por la
penalización absoluta del aborto dentro del código penal salvadoreño y la afectación del derecho a decidir de
las mujeres; en particular, subrayó que, aunado a la afectación concreta en los derechos de las mujeres, la falta
de datos oficiales sobre la cantidad de abortos inducidos o ilegales generan riesgos de que dicha problemática
de salud pública no sea visibilizada ni sea tenida en cuenta por las autoridades. En ese sentido recomendó a El
Salvador llevar a cabo una revisión integral de su política sobre salud sexual y reproductiva, e instó a que este
tenga como parámetro los estándares de derechos humanos en la materia al revisar su legislación que penaliza
de manera absoluta el aborto19.
30.
Finalmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos también se ha referido a la prohibición
absoluta del aborto en El Salvador. En 2018, luego de su visita de trabajo a El Salvador, la CIDH indicó que la
prevalencia de violencia y discriminación contra las mujeres se refleja en la criminalización total del aborto. La
CIDH expresó que la criminalización absoluta del aborto tiene consecuencias directas en las cifras de
morbilidad y mortalidad materna20.
Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre las
ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de su misión a El Salvador, 33 período de sesiones, 18 de junio a 6 de julio de
2018, párr. 87, 89-91.
18 Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), Informe de Implementación de las Recomendaciones del
Cevi, Segunda Ronda, El Salvador, OEA/Ser.L/II.7.10 MESECVI/I-CE/doc.16/14, 2 de octubre de 2014, Párr. 16.
19 Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador. Examen de los Informes presentados por los Estados Partes al Primer Agrupamiento
de Derechos del Protocolo adicional a la Convención Americana (arts. 9, 10 y 13). Observaciones finales a la República de El Salvador,
OAS/Ser.L/XXV.2.1GT/PS/doc.22/17, abril de 2017, párr. 31.
20 CIDH culmina visita de trabajo a El Salvador, 29 de enero de 2018.
17
6