87. El Salvador es uno de los pocos países del mundo que mantienen la prohibición absoluta de abortar. Se han dado casos de mujeres que, después de haber pasado por una emergencia obstétrica, incluso en peligro de muerte, o de haber sufrido un aborto espontáneo, han sido injustamente acusadas de haber inducido una interrupción de la gestación. Más de 20 mujeres han sido acusadas de homicidio agravado en relación con ese tipo de situaciones y condenadas a penas de hasta 40 años de prisión. Según los datos aportados por la sociedad civil, desde octubre de 2017 han sido encarceladas al menos 159 mujeres en aplicación de las disposiciones del Código Penal relativas al aborto. (…) 89. Los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y las organizaciones interamericanas han reclamado de forma reiterada que se despenalice el aborto para salvaguardar el derecho de la mujer a la vida, la salud, la autonomía y el bienestar. En febrero de 2017, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer expresó su preocupación por la penalización absoluta del aborto y por que las mujeres tuvieran que recurrir a métodos de aborto en condiciones de riesgo, y pidió que se revisara la legislación en la materia y se introdujera una moratoria sobre su aplicación (véase CEDAW/C/SLV/CO/8-9, párr. 36). 90. La Relatora Especial recuerda que, cuando la muerte de una mujer se pueda relacionar médicamente con la negación deliberada de una atención médica que podría salvarle la vida a causa de la prohibición absoluta del aborto por ley, el hecho no solo constituirá una vulneración del derecho a la vida y una privación arbitraria de la vida, sino también una ejecución arbitraria por motivos de género, a manos del Estado, que sufren únicamente las mujeres, debido a una discriminación consagrada por ley. 91. No existe información unificada o actualizada sobre cuántas mujeres se han sometido a abortos en condiciones de riesgo o cuántas de ellas han sido privadas arbitrariamente de la vida debido a complicaciones obstétricas. Según la información recibida, entre 2011 y 2015 murieron 14 mujeres por complicaciones relacionadas con el aborto, 13 por embarazo ectópico y 36 por complicaciones del embarazo. Aunque la tasa de mortalidad materna ha disminuido significativamente en los últimos años, se registra una alta tasa de suicidios de mujeres embarazadas. Según la sociedad civil, el 57 % de las mujeres que se suicidaron en 2016 estaban embarazadas (69 de 121)17. 28. Por otra parte, en el ámbito de la Organización de Estados Americanos, el Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención de Belém do Pará, reiteró en 2014 la necesidad de que sea derogada cualquier tipo de norma en El Salvador que penalice el aborto de una mujer en los casos de violencia sexual y de aborto terapéutico. En este sentido, el Comité ha destacado la gravedad y el impacto de las normas penales que regulan esta materia en el derecho a la vida de las mujeres, y de manera especial, como los abortos ilegales aumentan las tasas de mortalidad materna”18. 29. El Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador también manifestó su profunda preocupación por la penalización absoluta del aborto dentro del código penal salvadoreño y la afectación del derecho a decidir de las mujeres; en particular, subrayó que, aunado a la afectación concreta en los derechos de las mujeres, la falta de datos oficiales sobre la cantidad de abortos inducidos o ilegales generan riesgos de que dicha problemática de salud pública no sea visibilizada ni sea tenida en cuenta por las autoridades. En ese sentido recomendó a El Salvador llevar a cabo una revisión integral de su política sobre salud sexual y reproductiva, e instó a que este tenga como parámetro los estándares de derechos humanos en la materia al revisar su legislación que penaliza de manera absoluta el aborto19. 30. Finalmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos también se ha referido a la prohibición absoluta del aborto en El Salvador. En 2018, luego de su visita de trabajo a El Salvador, la CIDH indicó que la prevalencia de violencia y discriminación contra las mujeres se refleja en la criminalización total del aborto. La CIDH expresó que la criminalización absoluta del aborto tiene consecuencias directas en las cifras de morbilidad y mortalidad materna20. Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de su misión a El Salvador, 33 período de sesiones, 18 de junio a 6 de julio de 2018, párr. 87, 89-91. 18 Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), Informe de Implementación de las Recomendaciones del Cevi, Segunda Ronda, El Salvador, OEA/Ser.L/II.7.10 MESECVI/I-CE/doc.16/14, 2 de octubre de 2014, Párr. 16. 19 Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador. Examen de los Informes presentados por los Estados Partes al Primer Agrupamiento de Derechos del Protocolo adicional a la Convención Americana (arts. 9, 10 y 13). Observaciones finales a la República de El Salvador, OAS/Ser.L/XXV.2.1GT/PS/doc.22/17, abril de 2017, párr. 31. 20 CIDH culmina visita de trabajo a El Salvador, 29 de enero de 2018. 17 6

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