43.
En el caso Raxcacó Reyes, la Corte reiteró que la derogatoria del Decreto 159 de 1892, por
medio del Decreto No. 32/2000, implicó la supresión de la facultad atribuida a un organismo del Estado, de
conocer y resolver el derecho de gracia estipulado en el artículo 4.6 de la Convención18.
4.
La pena de muerte en Guatemala en la actualidad
44.
A partir de dichas decisiones, el Estado guatemalteco no ha impuesto ni aplicado la pena de
muerte, ni regulado el recurso de gracia, por lo que la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia ha venido
conmutando la pena de muerte por la máxima de prisión a quienes lo han solicitado19.
45.
La pena de muerte continúa prevista para los siguientes delitos: 1. Plagio o secuestro; 2.
Parricidio; 3. Ejecución Extrajudicial; 4. Caso de muerte al Presidente o Vicepresidente de la República; 5.
Delitos relacionados con narcotráfico en los que resulte la muerte de personas. En algunos de estos tipos
penales se hace referencia a la peligrosidad del agente como elemento determinante para la imposición de la
pena de muerte.
46.
El 12 de febrero de 2008 el Congreso guatemalteco emitió una ley mediante la cual restituyó
al Presidente la facultad de perdonar la vida o confirmar la pena capital a los reos condenados a través del
recurso de indulto20. Sin embargo en el mismo mes el entonces Presidente Alvaro Colom vetó la ley,
argumentando que violaba los compromisos que tiene Guatemala como parte de la Convención Americana21.
En enero de 2012 el Presidente Alvaro Colom vetó nuevamente la restitución de la posibilidad del indulto
presidencial para las personas condenadas a pena de muerte22.
47.
El 11 de febrero de 2016 la Corte de Constitucionalidad declaró inconstitucional la frase que
permitía aplicar la pena de muerte por el delito de asesinato. Dicha frase indicaba que “sin embargo se le
aplicará la pena de muerte en lugar del máximo de prisión, si por las circunstancias del hecho y de la ocasión,
la manera de realizarlo y los móviles determinantes, se revelare una mayor particular peligrosidad del agente.
A quienes no se les aplique la pena de muerte por este delito, no podrá concedérseles rebaja de la pena por
ninguna causa”. Si bien la Corte de Constitucionalidad únicamente se pronunció respecto del delito de
asesinato, la misma frase declarada inconstitucional se encuentra presente en los delitos de parricidio,
ejecución extrajudicial y caso de muerte al Presidente o Vicepresidente.
Corte IDH. Caso Raxcacó Reyes vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Cosas. Sentencia de 15 de septiembre de 2005. Serie C
No. 133, párr. 85.
18
19 Ver artículo de prensa publicado en Agencia Efe, Piden en Guatemala restituir figura de indulto, y con ella, la pena de muerte,
10 de marzo de 2016, El periódico, conmutación de la pena de muerte, 12 de febrero de 2016. La CIDH también ha documentado una serie
de decisiones a nivel interno previas al año 2000, por medio de las cuales tribunales internos decidieron no aplicar la pena de muerte
porque contrariaba los términos de aplicación del artículo 4.2 de la Convención Americana. Al respecto, en su informe anual de 1997 la
CIDH indicó: “En su último informe, la Comisión hizo referencia a la sentencia notable de la Sala Novena de la Corte de Apelaciones del 30 de
enero de 1997, por la que conmutó tres sentencias de muerte en condenas de 50 años en base a lo dispuesto por el derecho interno, incluida la
obligación que impone al Estado el artículo 4 de la Convención Americana. La Comisión ha recibido información de que el Tribunal de
Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del Departamento de Santa Rosa, Cuilapa adoptó una decisión similar el 8 de
mayo de 1997, en el caso de Guillermo López Contreras, habiendo dictaminado que, de acuerdo con los términos del régimen jurídico
aplicable, el Tribunal no podía legalmente imponer la pena de muerte por un delito para el que no se preveía ese castigo a la fecha de la
ratificación de la Convención. La Comisión reconoce y valora tales decisiones que respetan y reflejan debidamente las obligaciones
internacionales asumidas por el Estado en materia de derechos humanos”. Ver CIDH, Informe Anual de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos de 1997, Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.98, Doc.6, 17 de febrero de 1998, párr.27.
20 Ver Congreso de la República de Guatemala, Decreto Número 6-2008, Ley Reguladora de la Conmutación de la Pena para los
Condenados a Muerte.
21 Artículo de prensa publicado en elmundo.es, Colom veta la ley que restituyó la pena de muerte en Guatemala, 15 de marzo de
2008; Artículo de prensa publicado en BBCMundo.com, Colom vetó pena de muerte, 15 de marzo de 2008.
22
2010.
Artículo de prensa publicado en laprensa.com.ni, Colom veta ley con que reactivarían pena de muerte, 5 de noviembre de
8