13 No conoce otra consecuencia jurídica o de hecho que tuvieran en el Paraguay las declaraciones rendidas por la presunta víctima, más que el proceso en contra de ésta a raíz de sus opiniones, situación que tuvo “fuerte” repercusión nacional e internacional. No puede demostrar el impacto que tuvo la querella contra el señor Canese sobre otras personas que denunciaban actos de corrupción. Hubo mayor “sigilio” y “aprehensión” en las informaciones difundidas en los medios de comunicación y en la opinión de los periodistas y de quienes denunciaban ese tipo de hechos por temor a que se interpusieran demandas en su contra. Durante toda la época de transición política en el Paraguay hubo numerosos casos de periodistas procesados por los delitos de difamación, calumnia e injuria grave. Asimismo, en la década de los noventas, el señor Wasmosy querelló a dos periodistas por difamación e injuria, a raíz de sus opiniones sobre “el caso Conempa e Itaipú”. En su calidad de Presidente del Sindicato de Periodistas conoce de procesos contra periodistas u otras personas por denunciar actos u omisiones sobre cuestiones de interés público o respecto de figuras públicas. El testigo citó el caso de dos periodistas del periódico “ABC Color” que fueron demandadas por el ex Presidente Wasmosy bajo acusación de difamación e injuria grave, debido a que denunciaron en una investigación periodística las vinculaciones del ex mandatario “con negociados” en la principal procesadora y distribuidora de combustibles y derivados del petróleo en el Paraguay. El procesamiento penal de personas que realizan críticas genera consecuencias drásticas, homologables a la censura o autocensura, en las personas que podrían realizar denuncias o cuestionamientos hacia figuras de visibilidad pública o en función del Estado. Esto genera un gran riesgo de que se lesione la libertad de expresión, homologable a la censura previa. La imposición de restricciones para salir del país puede convertirse en una limitación a la libertad de circulación, si en el caso no está demostrado que tal medida sea necesaria ante el riesgo de lesionar otros derechos o garantías jurídicas. En el Paraguay por lo general los funcionarios públicos, sin importar el área de desempeño, involucrados en hechos de corrupción, no reciben condena o incluso no son procesados. En estas situaciones la impunidad ha sido la regla, con ciertas excepciones en los últimos años, lo cual ha sido expuesto en las denuncias de organismos civiles nacionales e internacionales; y ha ubicado al Paraguay en los tres primeros lugares de mayor índice de corrupción en el mundo y en el primer lugar en América. 59. El Estado remitió las declaraciones testimoniales de los señores Hermann Baumann, Ramón Jiménez Gaona y Oscar Aranda, y el dictamen pericial del señor Juan Carlos Dionisio Mendonça del Puerto (supra párr. 31), todos rendidos ante la Escribanía Mayor de Gobierno de la República del Paraguay (affidávits), de conformidad con lo dispuesto por el Presidente en la Resolución de 27 de febrero de 2004 (supra párr. 29). A continuación, el Tribunal resume las partes relevantes de dichas declaraciones.

Seleccionar párrafo de destino3