INFORME No. 120/17 PETICIÓN 2003-13 INFORME DE ADMISIBILIDAD BEATRIZ EL SALVADOR 7 DE SEPTIEMBRE DE 2017 I. DATOS DE LA PETICIÓN Colectiva Feminista para el Desarrollo Local de El Salvador, la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico de El Salvador, Ipas Centro América, y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional Beatriz y familia1 El Salvador Artículos 1.1, 2, 4, 5, 8, 9, 11, 24, 25 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “Convención Americana o CADH”), artículo 6 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (en adelante “CIPST”), y artículo 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, (en adelante “Convención de Belém do Pará”) Parte peticionaria: Presunta víctima: Estado denunciado: Derechos invocados: II. TRÁMITE ANTE LA CIDH2 Fecha de presentación de la petición: Fecha de notificación de la petición al Estado: Fecha de primera respuesta del Estado: Observaciones adicionales de la parte peticionaria: 29 de noviembre de 2013 19 de marzo de 2015 2 de marzo de 2016 6 de septiembre de 2016 El Estado no ha presentado observaciones adicionales MC 114-13. Medida cautelar otorgada el 29 de abril de 2013 Asunto “B”. Medida provisional otorgada el 29 de mayo de 2013 y levantada el 19 de agosto de 2013 Observaciones adicionales del Estado: Medida cautelar otorgada: Medida provisional otorgada3: III. COMPETENCIA Competencia Ratione personae: Competencia Ratione loci: Competencia Ratione temporis: Sí Sí Sí 1 Las organizaciones peticionarias solicitaron mantener confidencialidad respecto del nombre de la presunta víctima, requiriendo se le refiera bajo el nombre de “Beatriz”. Adicionalmente, solicitaron confidencialidad sobre los datos de sus familiares. 2 Las observaciones de cada parte fueron debidamente trasladadas a la parte contraria. 3 Con fecha 11 de julio y 5 de septiembre de 2017 la CIDH informó al Estado y a la parte peticionaria, respectivamente, que atendida la conexidad de la materia de la presente petición con la medida cautelar y posteriormente con la medida provisional, decidió tomar en cuenta durante el trámite de la petición los documentos aportados por las partes en el marco de dichos procedimientos. 1

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