INFORME No. 120/17
PETICIÓN 2003-13
INFORME DE ADMISIBILIDAD
BEATRIZ
EL SALVADOR
7 DE SEPTIEMBRE DE 2017
I.
DATOS DE LA PETICIÓN
Colectiva Feminista para el Desarrollo Local de El
Salvador, la Agrupación Ciudadana por la
Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y
Eugenésico de El Salvador, Ipas Centro América, y el
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional
Beatriz y familia1
El Salvador
Artículos 1.1, 2, 4, 5, 8, 9, 11, 24, 25 y 26 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos
(en adelante “Convención Americana o CADH”),
artículo 6 de la Convención Interamericana para
Prevenir y Sancionar la Tortura (en adelante
“CIPST”), y artículo 7 de la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar
la Violencia contra la Mujer, (en adelante
“Convención de Belém do Pará”)
Parte peticionaria:
Presunta víctima:
Estado denunciado:
Derechos invocados:
II.
TRÁMITE ANTE LA CIDH2
Fecha de presentación de la petición:
Fecha de notificación de la petición al Estado:
Fecha de primera respuesta del Estado:
Observaciones adicionales de la parte
peticionaria:
29 de noviembre de 2013
19 de marzo de 2015
2 de marzo de 2016
6 de septiembre de 2016
El Estado no ha presentado observaciones
adicionales
MC 114-13. Medida cautelar otorgada el 29 de abril
de 2013
Asunto “B”. Medida provisional otorgada el 29 de
mayo de 2013 y levantada el 19 de agosto de 2013
Observaciones adicionales del Estado:
Medida cautelar otorgada:
Medida provisional otorgada3:
III.
COMPETENCIA
Competencia Ratione personae:
Competencia Ratione loci:
Competencia Ratione temporis:
Sí
Sí
Sí
1 Las organizaciones peticionarias solicitaron mantener confidencialidad respecto del nombre de la presunta víctima,
requiriendo se le refiera bajo el nombre de “Beatriz”. Adicionalmente, solicitaron confidencialidad sobre los datos de sus familiares.
2 Las observaciones de cada parte fueron debidamente trasladadas a la parte contraria.
3 Con fecha 11 de julio y 5 de septiembre de 2017 la CIDH informó al Estado y a la parte peticionaria, respectivamente, que
atendida la conexidad de la materia de la presente petición con la medida cautelar y posteriormente con la medida provisional, decidió
tomar en cuenta durante el trámite de la petición los documentos aportados por las partes en el marco de dichos procedimientos.
1