85. El 4 de febrero de 2003 el representante de la señora Acosta presentó segundas vistas ante el juez, con el fin de alegar nulidades en el proceso, particularmente por el cambio de la calidad de ofendida a acusada de aquélla93. 86. Mediante auto de 4 de marzo de 2003, el Juzgado de Distrito de lo Civil y Penal del In de Bluefields determinó que lo alegado por la Fiscal Auxiliar de Justicia y por el representante de la señora Acosta se encontraba fuera de tiempo, toda vez que se trató de nulidades que ocurrieron en la etapa instructiva del juicio y no en la etapa plenaria, debiendo alegarse las nulidades en las instancias en las que se cometieron 94. 87. El 14 de marzo de 2003 la señora Acosta reiteró sus quejas disciplinarias contra el juez Acuña Cambronero y amplió la queja contra la Jueza Civil del Distrito de Bluefields y Penal del In por Ministerio de Ley y contra los magistrados de la Sala Penal del Tribunal de Apelaciones de Bluefields (infra párrs. 113 a 124). 88. El 24 de marzo de 2003 el Juzgado de Distrito de lo Civil y Penal de Bluefields libró la ejecutoria de la sentencia interlocutoria del 13 de mayo de 2002 en la que se dictó sobreseimiento definitivo95. 89. El 13 de junio de 2003 la señora Acosta interpuso una cuarta queja disciplinaria contra la Jueza Civil del Distrito de Bluefields y Penal del In por Ministerio de Ley (infra párrs. 113 a 124). 90. Cuarto incidente de nulidad.- El 23 de septiembre de 2003 la Sala de lo Penal del Tribunal de Apelaciones rechazó conocer sobre un cuarto incidente de nulidad interpuesto por la señora Acosta el 9 de junio de 200396, con el argumento de que esa “Sala deb[ía] analizar si existe nulidad […] en relación [con] el proceso [de] Wilberth Ochoa[, pero el incidente interpuesto] se refiere a los procesados Iván Argüello, PMF, PT y María Luisa Acosta Castellón […] habiéndose pronunciado [al respecto] en […] Sentencia de 13 de mayo de 2002”97. 91. El 31 de octubre de 2003 la señora Acosta interpuso una quinta queja disciplinaria, esta vez contra los magistrados de la Sala Penal del Tribunal de Apelaciones (infra párrs. 113 a 124). 92. Primer recurso de casación por la vía de hecho ante la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia. - Luego de que la Sala de lo Penal rechazara un recurso de reposición 93 Alegó que el cambio de calidad de ofendida a acusada de la señora Acosta generó nulidades absolutas pues causó daños en su reputación y en su honra; se le colocó en la imposibilidad de aparecer en juicio por medio de apoderado pero tampoco se le nombró abogado de oficio; el juez se negó a exhortar a la señora Acosta para que rindiera su declaración indagatoria en Chinandega a pesar de que fue solicitado por la Fiscal Auxiliar; el arresto provisional decretado por el juez dejó a la señora Acosta sin la posibilidad de custodia policial que en ese momento necesitaba; la falta de intervención de la señora Acosta en el proceso tuvo como consecuencia una sentencia apresurada e ilegal en la que se sobreseyó definitivamente a los sindicados PMF, PT y Charles Presida; el sobreseimiento definitivo tuvo como consecuencia que los sindicados PMF y PT demandaran a la señora Acosta por la vía civil por supuestos daños y perjuicios, embargando su casa habitación y también la acusaron del delito de falso testimonio y denuncia falsa; la ilegalidad en el actuar del juez no solamente perjudicó a la señora Acosta sino a toda la sociedad pues el sobreseimiento otorgado irregularmente generó impunidad. Cfr. Escrito de segundas vistas presentado por el representante de la señora Acosta ante el Juez Civil de Distrito de Bluefields y Penal por Ministerio de la Ley, 4 de febrero de 2003 (expediente de prueba, folios 434 y 435). 94 Cfr. Auto judicial, Juzgado de Distrito de lo Civil y Penal del In de Bluefields, 4 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folio 444). 95 Cfr. Ejecutoria de la sentencia de sobreseimiento definitiva de 13 de mayo de 2002, Juzgado de Distrito de lo Civil y Penal del In por Ministerio de la Ley, 24 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folios 446 a 453). 96 Entre las irregularidades alegadas, se encuentran las siguientes: a) la “ilegal” declaratoria de caducidad de la apelación de la sentencia interlocutoria que sobresee definitivamente a PT y PMF; b) la falta de tramitación del Incidente de Recusación interpuesto por la parte acusadora, y c) en general la falta de tramitaciones de los distintos incidentes interpuestos. 97 Cfr. Sentencia del Tribunal de Apelaciones, Circunscripción Atlántico Sur, Sala Penal de Bluefields, 23 de septiembre de 2003. Expediente judicial de primera instancia, folios 442-447. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007 (expediente de prueba, folios 455 a 460). 24

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