-34119. La Procuraduría hizo mención indirecta a esta hipótesis, pero señaló, sin mayor fundamento, que “aseverar que los responsables son los grupos paramilitares financiados por las empresas Colcarburos, Cementos Nare y otros y protegidos por las autoridades civiles y militares, es tanto como no decir nada […]”. 120. Existe una declaración de una de las personas que también se encontraba detenido en la cárcel municipal de Puerto Nare ese día 19 de noviembre de 1987, que no fue sustraído por el grupo armado, en la cual indicó haber reconocido a uno de los hombres armados como uno de los paramilitares del MAS que el día 30 de septiembre de ese mismo año había asesinado en La Sierra a Pablo Emilio Córdoba Madrigal, directivo de SUTIMAC y concejal por la UP 119. El Tribunal considera que tal declaración constituye un indicio más sobre la participación de paramilitares esa noche, a pesar de lo cual no es suficiente para establecer este hecho de manera concluyente. A la vez, se hace notar, tal como señaló el Estado, que en sus declaraciones los otros tres detenidos que no fueron sustraídos no recordaron detalles específicos por la situación de temor en que se encontraban, temor que también fue expresado por aquel testigo. De todos modos, respecto de esas cuatro declaraciones, los representantes y el Estado coinciden en que sus versiones son contradictorias en varios sentidos o que ninguna es concluyente. 121. Otros testimonios afirman que los hechos fueron cometidos por paramilitares con connivencia de miembros de las Fuerzas Armadas, como el de la señora Carmenza Vélez, esposa del señor Isaza Uribe, y de algunos miembros de SUTIMAC. No obstante, tal como señaló el Estado, tales declarantes no fueron testigos directos de los hechos sino “de oídas”, por lo cual tampoco ofrecen suficiente peso probatorio. 122. En definitiva, además de los ya señalados, los indicios de participación de miembros de grupos paramilitares en los hechos surgen también claramente del contexto de violencia contra sindicalistas en Puerto Nare, específicamente contra miembros de SUTIMAC, al cual pertenecía el señor Isaza Uribe, según se analiza a continuación. b.1 Violencia contra sindicalistas en contrainsurgente y paramilitarismo relación con la doctrina militar 123. En términos generales, en su Segundo Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia de 1993, la Comisión documentó que desde la constitución de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT) en noviembre de 1986 y hasta mayo de 1990, habían sido asesinados y desaparecidos 538 activistas y dirigentes sindicales en Colombia120. El Juzgado 64 de Instrucción Criminal de Puerto Nare, que tomó declaración a Horacio de Jesús Gil Gómez hizo constar que éste declaró lo siguiente: “Lo que sí le digo es que yo creo que entre los que iban vestidos de civil, iba uno que yo creo que fue el que mató a Pablo Emilio Córdoba Madrigal, el concejal de la UP, porque yo ese día de la muerte de don Pablo yo sentí los tiros porque me tocaba surtir un establecimiento de cantina de ahí cerca y entonces cuando los disparos corrí a asomarme y vi un tipo igualito a usted señor secretario pero de boso… Ese fue de los también ayer estuvieron en la cárcel y anoche estaba de un pantalón negro y camisa a rayas, de manga larga. Se cubría el rostro con un poncho pero cuando en momento en que se le cayó el poncho ahí fue donde lo reconocí y ahí si me invadió el miedo… (en este momento, pese a la muy posible importancia de lo dicho por el declarante y al decir éste que tomará reposo para ampliar su declaración posteriormente). El declarante leyó su declaración, se ratificó en lo dicho y firma en constancia”. Los representantes hicieron notar que, cuando el testigo señaló lo anterior, la diligencia fue suspendida, sin que con posterioridad se hubiera reanudado, no obstante la importancia de esa declaración. Cfr. Declaración de Horacio de Jesús Gil Gómez, ante el Juzgado 64 de Instrucción Criminal de Puerto Nare, del 19 de noviembre de 1987. (exp. prueba folio 5410 y 5411) 119 CIDH, Segundo Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia. OEA/Ser.L/V/II.84 Doc.39 rev., 14 de octubre de 1993, Cap. VIII. Disponible en: http://www.cidh.org/countryrep/Colombia93sp/cap.8.htm . Además, en medios de comunicación se informaba en mayo de 1987 que en un año habrían sido asesinados en Colombia 32 líderes sindicales, hechos que habrían sido denunciados en el V foro nacional sobre derechos humanos, realizado en Bogotá, y se señala que “los principales directivos de las centrales obreras fueron amenazados de muerte, por lo menos una vez, en este último año”. En otra nota de prensa de enero de 1988 se informó sobre la desaparición de dos líderes sindicales en Puerto Nare, así como de la reunión que directivos de la Federación Nacional de Trabajadores de la Construcción, el Cemento y la Madera (sic) habrían sostenido con el Procurador General de la Nación, a quien denunciaron “la difícil situación de orden público que se vive en la región antioqueña.” Cfr. Nota de prensa “Investigarán desaparición de dos líderes en Puerto Nare” publicada por El Colombiano el 25 de enero de 1988 (exp. prueba folio. 87). 120

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