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caracteriza a estos pueblos (supra, párrs. 33) . El Estado y los representantes han
señalado la existencia de más de 2.000 familias indígenas. Los representantes
afirmaron que para mayo de 2018 “las comunidades indígenas comprend[ían]
alrededor de 2031 familias y aproximadamente 10.155 personas”. No hay controversia
en cuanto a que se trata de comunidades pertenecientes a pueblos indígenas, ni sobre
su vínculo ancestral con la tierra que habitan (infra nota a pie de página 88).
51.
En la zona referida hubo presencia indígena de modo constante, y además la
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tierra fue ocupada, desde tiempo cercano a inicios del siglo XX , por personas
identificadas como “criollas”, es decir, colonos no indígenas. En 1902 se fundó la
Colonia Buenaventura y el gobierno nacional entregó 625 ha a familias “criollas” que se
radicaron en el lugar; luego se fueron efectuando otras entregas, de superficies
similares o mayores de tierra. No obstante, en 1905 el gobierno de Salta manifestó al
gobierno nacional que lotes adjudicados como tierras fiscales nacionales podrían estar
ubicados dentro del territorio provincial, y en efecto, con posterioridad, al menos a
partir de 1967, quedó establecida formalmente la pertenencia de la tierra a la
Provincia35.
52.
Las partes son contestes en que el número actual de familias criollas en la zona
es superior a 465. Argentina indicó que se trata de “pequeños productores de
subsistencia, dedicados fundamentalmente a la cría de ganado mayor” a “campo
abierto” y, “en su mayoría”, sin contratar mano de obra. Varias familias criollas han
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instalado cercas de alambre .
B) Legislación general pertinente respecto a tierras indígenas
53.
A continuación, antes de describir las incidencias propias del reclamo territorial
en el caso, se exponen regulaciones estatales pertinentes en relación con derechos de
pueblos indígenas. Considerando que Argentina es un país federal y que los hechos
propios del caso tienen relación con comunidades indígenas que habitan la Provincia de
Salta, en primer lugar, se hará referencia a la normativa nacional, y en segundo
término, a la de Salta.
33
En cuanto al carácter nómade, explicó la perita Naharro “[t]radicionalmente estas comunidades
tenían recorridos anuales y diarios”. Afirmó que “[l]os recorridos anuales son aquellos que implican una
movilización de toda la familia hacia otro sitio de asentamiento desde el cual hacer las incursiones diarias”,
lo que es menos “vigen[te]” en la actualidad “por el proceso de sedentarización relacionado a los servicios de
agua, escuela, etc.”.El escrito de amicus curiae remitido por Tierraviva, afirma que los “colectivos humanos”
de los pueblos indígenas del caso “están en permanente creación, reproducción y transformación”, y que
incluyen “formas de organización familiares, comunitarias y por pueblos homogéneos” y, “además […] redes
de alianzas parentales e intergrupales, y aún interétnicas”. El mismo documento explica que “lo que
acompaña a un crecimiento demográfico es un crecimiento de poblamientos y aldeas, más permanentes o
más transitorias, lo cual hace absurdo su reducción a comunidades individualmente separadas y demarcadas
por límites fijos”.
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La perita Buliubasich describió un proceso de “ocupación” de la región del Chaco que se dio entre
1884 y 1917, destacando la fundación de Colonia de Buenaventura en 1902.
35
Salta”.
Cfr. “Antecedentes relativos a las tierras públicas del Lote Fiscal 55. Área Pilcomayo. Provincia de
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Durante la diligencia in situ fueron observados alambrados. La presencia de los cercados, así como
que “se encuentran en territorio indígena” y que hay alambrados que pertenecen a “familias criollas”, fue
indicada por el Estado en su contestación. Ver también Carrasco, Morita y Briones, Claudia, “La tierra que
nos quitaron” Documento IWGIA No. 18. Expediente de prueba, anexo A.5 al escrito de solicitudes y
argumentos y anexo 7 al Informe de Fondo, fs. 103 a 115 y 29.676 a 29.704.
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