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tratamientos médicos y por la adquisición de los
incapacidad que les acarrearon los hechos del caso
la integridad personal (punto resolutivo 6.d),
relacionados con la pérdida de ingresos de las
integridad personal (punto resolutivo 6.e);
elementos necesarios para paliar la
a las tres víctimas de lesiones contra
y la indemnización de los daños
tres víctimas de lesiones contra la
b) los parámetros ordenados por la Corte para hacer el pago de las indemnizaciones
fijadas en el punto resolutivo sexto (punto resolutivo séptimo);
c) el pago por concepto de compensación del daño inmaterial (punto resolutivo octavo),
que comprende la compensación de los sufrimientos causados por los hechos del caso a
las 37 víctimas de homicidio y desaparecidas (punto resolutivo 8.a); la compensación de
los sufrimientos adicionales causados por los hechos del caso a cada una de las siete
víctimas de homicidio que eran menores de edad al momento de tales hechos, cantidad
que acrecerá a la suma indicada anteriormente (punto resolutivo 8.b); la compensación
de los sufrimientos causados por los hechos del caso y por la subsiguiente incapacidad, a
las tres víctimas de lesiones contra la integridad personal (punto resolutivo 8.c); la
compensación de los sufrimientos causados por los hechos del caso a los familiares de las
37 víctimas de homicidio y desaparecidas (punto resolutivo 8.d); la compensación de los
sufrimientos adicionales causados por los hechos del caso a los familiares de las catorce
víctimas de homicidio y desaparecidas cuyos restos no han sido entregados a dichos
familiares, cantidad que acrecerá a la suma indicada anteriormente (punto resolutivo
8.e); la compensación del daño inmaterial relacionado con la violación de los derechos a
las garantías judiciales, el debido proceso y el acceso a un recurso efectivo, de los
familiares de las 37 víctimas de homicidio y desaparecidas (punto resolutivo 8.f); la
compensación del daño inmaterial relacionado con la violación de los derechos a las
garantías judiciales, el debido proceso y el acceso a un recurso efectivo, de los familiares
de las cuatro personas que perdieron la vida dentro del contexto de los hechos de este
caso, pero cuya muerte no le fue imputada al Estado en la sentencia de fondo por no
obrar reconocimiento de responsabilidad estatal al respecto (punto resolutivo 8.g); y la
compensación del daño inmaterial relacionado con la violación de los derechos a las
garantías judiciales, el debido proceso y el acceso a un recurso efectivo, de las tres
víctimas de lesiones contra la integridad personal (punto resolutivo 8.h);
d) los parámetros ordenados por la Corte para hacer el pago de las indemnizaciones
fijadas en el punto resolutivo octavo (punto resolutivo noveno);
e) el pago al Comité de Familiares de las Víctimas de los Sucesos de Febrero - Marzo de
1989 (COFAVIC), como reintegro de los gastos y costas generados por las actuaciones
ante la jurisdicción interna y ante el sistema interamericano, y para cubrir los gastos que
causen en el futuro las gestiones relacionadas con el cumplimiento de la […] Sentencia
(punto resolutivo décimo), y
f) la publicación, dentro de un plazo razonable, en el Diario Oficial y en un diario de
amplia circulación nacional, del capítulo I denominado Introducción de la Causa, párrafo 1
literales a), b), c), d), e), f) y (a) y los puntos resolutivos contenidos en el capítulo VII de
la sentencia de fondo y los párrafos 66 a 66.16 de la Sentencia de Reparaciones (punto
resolutivo quinto).
9.
[…L]a Corte advirt[ió] que no dispon[ía] de información suficiente sobre los
siguientes puntos pendientes de cumplimiento:
a) las diligencias realizadas para la investigación, la identificación y la sanción
administrativa y penal con todas las condiciones y características establecidas en la
sentencia (punto resolutivo primero);
b) las diligencias realizadas para localizar, exhumar, identificar y entregar a sus
familiares los restos mortales de algunas de las víctimas (punto resolutivo segundo);
c) en el caso de que se hubieren realizado inhumaciones, si el Estado ha asumido los
costos y tomado en cuenta el lugar escogido por los familiares para sepultar los restos
mortales de las personas a que se refiere el punto resolutivo segundo (punto resolutivo
tercero);
d) la adopción de providencias necesarias para evitar que se repitan las circunstancias y
los hechos del presente caso (punto resolutivo cuarto literales a), b) y c), y