7
5.
En nota de 5 de junio de 1995 el Estado solicitó a la Comisión un plazo
adicional para dar respuesta a la solicitud de información, la solicitud que fue acogida
13 de junio de 1995.
6.
Mediante nota de 16 de agosto de 1995 el Estado respondió a la Comisión con
el envío de un examen preliminar sobre el caso y en el que señaló, entre otras cosas,
que “dada la complejidad de este caso, así como el número de reclamantes, el
Gobierno Nacional continuar[ía] suministrando sucesivamente información
complementaria, en la medida en que se avance en la investigación de cada uno de
los casos individualmente considerados”.
7.
Por nota de 18 de agosto de 1995 la Comisión transmitió a los peticionarios la
respuesta del Estado. En comunicación de 11 de septiembre del mismo año los
peticionarios solicitaron una prórroga para responder a las observaciones de
Venezuela, la cual fue otorgada por la Comisión.
8.
En fecha 24 de agosto de 1995 el Estado suministró a la Comisión
información adicional sobre el caso, la que consistía en una copia del Informe del
Fiscal General de la República de Venezuela del año 1990 y dos comunicaciones del
Exfiscal General de 20 de diciembre de 1989 y 31 de enero de 1990. Según la
Comisión “la información adicional suministrada por el Gobierno de Venezuela fue
recibida por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión en fecha 18 de septiembre de
1995”. Dicha información fue transmitida a los peticionarios el 20 de los mismos
mes y año.
9.
El 12 de agosto de 1996 los peticionarios solicitaron a la Comisión una
audiencia pública para comparecer en su 93º Período Ordinario de Sesiones.
Mediante notas de 6 de septiembre de 1996 la Comisión comunicó a las partes la
celebración de una audiencia pública el 7 de octubre de 1996.
10.
En nota de 22 de octubre de 1996 la Comisión se puso a disposición de las
partes para la búsqueda de una solución amistosa en el caso. Dicho procedimiento
resultó infructuoso.
11.
El 4 de marzo de 1997 se celebró una segunda audiencia pública durante el
95º Período Ordinario de Sesiones de la Comisión. En ésta rindió testimonio la
señora Yris Medina Cova, esposa de Wolfang Waldemar Quintana, fallecido el 2 de
marzo de 1989. Además, comparecieron en calidad de representantes de las
víctimas la señora Liliana Ortega, directora de COFAVIC, el señor Ariel Dulitzky y la
señora Viviana Krsticevic del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (en
adelante “CEJIL”) y el señor Héctor Faúndez Ledesma. Por el Estado asistieron los
señores Francisco Paparoni y Raúl Arrieta.
12.
El 1 de septiembre de 1997 y el 29 de mayo de 1998 los peticionarios
remitieron a la Comisión información adicional, la que fue transmitida al Estado.
Venezuela no formuló observaciones al respecto.
13.
El 1 de octubre de 1998 la Comisión, durante su 100º Período Ordinario de
Sesiones, aprobó el Informe 83/98 y lo transmitió al Estado el 7 de diciembre del
mismo año, con la solicitud de que, dentro de un plazo de dos meses, adoptara las
recomendaciones correspondientes. En dicho informe, la Comisión recomendó al
Estado