3 puso a disposición de las partes a fin de llegar a una solución amistosa de conformidad con el artículo 48.1.f de la Convención Americana. El 5 de mayo de 2010 los peticionarios presentaron un escrito en el que rechazaron entrar en un proceso de solución amistosa y presentaron observaciones adicionales, el cual fue transmitido al Estado para sus observaciones. El 12 de mayo de 2010 los peticionarios presentaron un escrito de observaciones adicionales, el cual fue transmitido al Estado para sus observaciones. 12. El 24 de mayo de 2010 el Estado presentó sus observaciones, en las que señaló, entre otros puntos, que no le era posible pronunciarse sobre la disposición de la Comisión para iniciar un eventual proceso de solución amistosa, en vista de que no existe certeza respecto del alcance en términos de hechos y alegaciones de derecho en que se iniciaría dicho procedimiento. Dichas observaciones fueron transmitidas a los peticionarios para su conocimiento. El 11 de junio de 2010 el Estado presentó un escrito reiterando sus observaciones de 24 de mayo de 2010, el cual fue transmitido a los peticionarios para su conocimiento. El 14 de junio de 2010 los peticionarios presentaron información adicional, la cual fue transmitida al Estado para su conocimiento. El 22 de junio de 2010 se trasladó al Estado una comunicación de los peticionarios, recibida en la Comisión el 7 de mayo de 2010 para sus observaciones. El 30 de junio de 2010 los peticionarios presentaron una comunicación en la que se presentan alegatos relativos a la inclusión de Eduardo Matson Ospino como presunta víctima del caso, la cual fue transmitida al Estado con un plazo de tres meses para que presente observaciones. 13. El 22 de julio de 2010 se recibió en la Comisión un escrito del Estado en el que remite los anexos a su comunicación de 24 de mayo de 2010, los cuales fueron transmitidos a los peticionarios para su conocimiento. El 15 de julio de 2010 los peticionarios presentaron observaciones adicionales, las cuales fueron transmitidas al Estado para sus observaciones. El 23 de julio de 2010 el Estado presentó un escrito de observaciones adicionales, el cual fue transmitido a los peticionarios para su conocimiento. El 11 de agosto de 2010 los peticionarios presentaron un escrito de observaciones, el cual fue trasladado al Estado para sus observaciones. En respuesta el Estado solicitó una prórroga, la cual fue concedida. El 7 de septiembre de 2010 los peticionarios presentaron información adicional, la cual fue transmitida al Estado para su conocimiento. 14. El 17 de septiembre de 2010 el Estado solicitó una nueva prórroga, la cual fue concedida por la Comisión. El 4 de octubre de 2010 se recibió información adicional de los peticionarios, la cual fue transmitida al Estado para sus observaciones. El 13 de octubre de 2010 el Estado presentó un escrito en el que realizó observaciones a la comunicación de los peticionarios de 15 de julio de 2010 y solicitó una nueva prórroga. La Comisión concedió la prórroga al Estado y trasladó sus observaciones a los peticionarios para su conocimiento. El 15 de octubre de 2010 el Estado presentó información adicional, la cual fue transmitida a los peticionarios para su conocimiento. El 23 de octubre de 2010 el Estado presentó un escrito de observaciones, el cual fue transmitido a los peticionarios para su conocimiento. El 8 de noviembre de 2010 el Estado solicitó una prórroga para presentar observaciones, la cual fue concedida. El 16 de diciembre de 2010 el Estado presentó un escrito de observaciones, el cual fue transmitido a los peticionarios para su conocimiento. El 25 de mayo de 2011 se recibió un escrito de los peticionarios, el cual fue transmitido al Estado para su conocimiento. El 15 de junio de 2011 la Comisión solicitó a los peticionarios una identificación actualizada sobre los familiares de las víctimas. Los peticionarios presentaron dicha información mediante comunicaciones recibidas el 17 y 27 de junio de 2011 y el 14 y 19 de julio de 2011, las cuales fueron transmitidas al Estado para su conocimiento. III. POSICIONES DE LAS PARTES A. Posición de los peticionarios 15. Los peticionarios alegan que el 6 de noviembre de 1985 el Movimiento 19 de abril (en adelante “M-19”) efectuó una toma violenta del Palacio de Justicia. Indican que la Fuerza Pública respondió con un operativo de retoma que duró más de 24 horas y en el que perdieron la vida aproximadamente 100 personas, entre ellas varios Magistrados de las altas Cortes del país. Alegan que en el marco de dicho operativo se produjeron desapariciones, ejecuciones así como detenciones

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