ONU, el trabajo digno en última instancia debe ofrecer “una renta que permite a los trabajadores vivir y asegurar la vida de sus familias” 74. 42. Adicionalmente, el análisis de las obligaciones juega un rol fundamental en el caso del derecho al trabajo, pues como lo ha señalado el Comité DESC el Estado tiene obligaciones de carácter progresivo (y una prohibición de regresión) en el marco de este derecho 75, lo cual no puede ser evaluado desde el ámbito de aplicación del artículo 23.1.c). 43. En suma, este avance jurisprudencial es de importancia debido a que dimensiona adecuadamente las afectaciones globales e integrales que en cada caso se pueden ir suscitando. Esta nueva dimensión jurisprudencial cristaliza que todos los derechos humanos son interdependientes e indivisibles y sobre ellos no existen jerarquía entre sí, pudiendo generar responsabilidad internacional de los Estados por la falta de respeto o garantía a la luz del artículo 1.1. del Pacto de San José. IV. CONCLUSIÓN 44. Hace más de tres lustros la Corte IDH resolvió el caso Trabajadores Cesados del Congreso Vs. Perú, en un contexto y hechos íntimamente relacionados al presente caso. En su voto razonado el entonces juez Antônio Cançado Trindade —cuya pérdida reciente lamentamos profundamente—, reflexionaba sobre los alcances interpretativos del artículo 26 de la Convención Americana 76: 7. En cuanto al insatisfactorio párrafo 136 de la presente Sentencia, que se equipara a la insatisfactoria redacción dada al artículo 26 de la Convención Americana (producto de su tiempo), me limito (por absoluta falta de tiempo, dada la "metodología" acelerada de trabajo adoptada últimamente por la Corte, con mi objeción), a tan sólo reiterar mi entendimiento, expresado en numerosos escritos a lo largo de los años, en el sentido de que todos los derechos humanos, inclusive los derechos económicos, sociales y culturales, son pronta e inmediatamente exigibles y justiciables, una vez que la interrelación e indivisibilidad de todos los derechos humanos se afirman en los planos no sólo doctrinal sino también operativo, o sea, tanto en la doctrina como en la hermenéutica y la aplicación de los derechos humanos77. 45. Hoy más que nunca se hace presente el pensamiento preclaro del ilustre ex presidente de la Corte IDH, sobre la necesidad de que todos los derechos humanos sean pronta e inmediatamente exigibles y justiciables. Este anhelo del ilustre jurista lo reiteró en la resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia del mismo caso 78. En este 74 75 y 21. Comité DESC, Observación General No. 18, derecho al trabajo, E/C.12/GC/18 (2006), párr. 7. Comité DESC, Observación General No. 18, derecho al trabajo, E/C.12/GC/18 (2006), párrs. 19, 20 Voto razonado del juez A.A. Cançado Trindade en el Caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2006. Serie C No. 158, párr. 7. 77 . A.A. Cançado Trindade, La Cuestión de la Protección Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Evolución y Tendencias Actuales, San José de Costa Rica, IIDH (Serie para ONGs, vol. 6), 1992, pp. 1-61; A.A. Cançado Trindade, “La question de la protection internationale des droits économiques, sociaux et culturels: évolution et tendances actuelles”, 44 Boletín de la Sociedad Brasileña de Derecho Internacional (1991), pp. 13-41; A.A. Cançado Trindade, “La Protección Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el Final del Siglo”, en El Derecho Internacional en un Mundo en Transformación - Liber Amicorum en Homenaje al Prof. E. Jiménez de Aréchaga, vol. I, Montevideo, Fundación de Cultura Universitaria, 1994, pp. 345-363; A.A. Cançado Trindade, El Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el Siglo XXI, 1a. ed., Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 2001, pp. 91-142, entre varios otros escritos. 78 Voto disidente del juez A.A. Cançado Trindade en la Solicitud de Interpretación de la Sentencia del Caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y Otros) Vs. Perú. Sentencia de 30 de noviembre de 2007, párr. 60. 76 14

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