- 111 - reconocimiento de responsabilidad [es] por omisión”. Sin embargo, negó que el señor Urán Rojas haya sido víctima de una desaparición forzada o de una ejecución extrajudicial porque “no existen elementos suficientes para determinar si el Magistrado salió o no con vida del Palacio de Justicia”. B.2) Consideraciones de la Corte 331. Es un hecho no controvertido que en los últimos momentos del operativo de recuperación del Palacio de Justicia, Carlos Horacio Urán Rojas se encontraba en el baño entre el segundo y el tercer piso 505 (supra párrs. 101 y 102). No obstante, existe información contradictoria sobre lo sucedido posteriormente. En la presente sección, la Corte primero analizará los elementos según los cuales el señor Urán Rojas habría muerto dentro del Palacio de Justicia y, en segundo lugar, examinará los elementos según los cuales habría sobrevivido a los hechos del Palacio de Justicia, luego sido víctima de una ejecución extrajudicial y posteriormente su cuerpo habría sido introducido nuevamente al Palacio de Justicia, como fue alegado por la Comisión y los representantes (supra párrs. 328 y 329). En tercer lugar, se analizarán los exámenes forenses realizados a los restos del señor Urán Rojas, a efectos de determinar lo ocurrido a dicha presunta víctima. Por último, se analizarán las violaciones alegadas de la Convención Americana por estos hechos. B.2.a) Indicios sobre la posible muerte de Carlos Horacio Urán Rojas dentro del Palacio de Justicia 332. En el expediente constan declaraciones de personas que también se encontraban en el baño entre el segundo y tercer piso, donde se encontraba el señor Urán Rojas, quienes afirmaron que el señor Urán Rojas murió durante la toma y retoma del edificio. Al respecto, Luis Camargo González, asistente judicial de la Sección Segunda del Consejo de Estado, Luz Lozano de Murillo, auxiliar de un Consejero de Estado y Aydée Anzola Linares, Consejera de Estado, declararon que el señor Urán Rojas murió en el baño, aunque no detallaron cómo 506. Asimismo, el Consejero de Estado Samuel Buitrago Hurtado declaró en 1985 que tras la explosión en una de las paredes del baño, “[a]lguien gritó que salieran los rehenes”, y Carlos Horacio Urán Rojas habría salido y caído “abatido por las balas” 507. Sin embargo, en el 2007 el señor Buitrago Hurtado declaró ante la Fiscalía que vio a Carlos Horacio Urán Rojas caer tras la explosión pero que “no podía asegurar que él estuviera muerto o vivo” 508. 333. Adicionalmente, consta en el expediente un video documental donde Humberto Murcia Ballén señaló que él se encontraba con Carlos Horacio Urán Rojas “en una escalera, ya tratando de huir, cuando de pronto […] estalló una granada y [el señor Urán Rojas le] dijo Humberto me hirieron, me hirieron. [Luego le dijo que se moría], agachó la cabeza y quedó muerto cuando él [lo] tenía entre sus brazos” 509. En el mismo sentido, en una sentencia de primera instancia contra ocho 505 Cfr. Declaración de Samuel Buitrago Hurtado de 20 de noviembre de 1985 ante el Tribunal Especial de Instrucción (expediente de prueba, folios 30621 y 30623), y declaración en video de Nicolás Pájaro de 2 de noviembre de 2007 (expediente de prueba, folio 15012). 506 Cfr. Declaración de Luis Camargo Gonzalez de28 de noviembre de 1985 ante el Juzgado 30 de Instrucción Criminal (expediente de prueba, folios 30627 y 30628); declaración de Luz Lozano de Murillo de 23 de noviembre de 1985 ante el Juzgado 30 de Instrucción Criminal (expediente de prueba, folios 30635 a 30637), y declaración de Aydée Anzola Linares de 5 de diciembre de 1985 ante el Juzgado 27 de Instrucción Criminal (expediente de prueba, folios 30642 y 30644). 507 Declaración de Samuel Buitrago Hurtado de 20 de noviembre de 1985 ante el Tribunal Especial de Instrucción (expediente de prueba, folio 30623). 508 La Corte advierte que los representantes aportaron un documento donde consta la declaración realizada por el señor Buitrago Hurtado ese día pero no aportaron copia del video donde, según lo alegado, constaría que el señor Buitrago Hurtado dijo lo que se indica arriba. Sin embargo, el Estado no negó que la declaración del señor Buitrago Hurtado de 2007 hubiese contenido dicha aclaración y la fiscal, ante quien se realizó dicha declaración, confirmó lo señalado por los representantes en la audiencia pública sobre el fondo celebra en el presente caso. Cfr. Acta de la audiencia donde se recibió la declaración de Samuel Buitrago Hurtado el 11 de octubre de 2007 ante la Fiscalía (expediente de prueba, folios 22309 y 22310); escrito de la Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo de 20 de noviembre de 2007 (expediente de prueba, folio 22313), y declaración de Ángela María Buitrago Ruíz rendida en la audiencia pública sobre el fondo celebrada en el presente caso. 509 Testimonio de Humberto Murcia Ballén en el documental titulado “La Toma”, dirigido por Angus Gibson y Miguel Salazar,

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