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1) María Luisa De León Santizo, abogada de la organización Grupo Guatemalteco
de Mujeres, integrante de la Red de la No Violencia contra Las Mujeres, quien
declarará sobre:
i) las distintas gestiones realizadas por la señora Rosa Franco para la búsqueda
de justicia y la respuesta de las autoridades, y
ii) los alegados distintos obstáculos que se han enfrentado en este caso, y en
otros similares.
C) Peritos propuestos por los representantes
1) Ana Carcedo Cabañas, Presidenta de la Asociación Centro Feminista de
Información y Acción (CEFEMINA) y experta en derechos de las mujeres, quien
rendirá peritaje sobre:
i) el femicidio en Guatemala, sus causas y características, y
ii) las respuestas que hasta el momento el Estado ha adoptado para hacer frente
a este fenómeno, y las medidas, que según su experiencia, deberían ser
adoptadas para evitar la repetición de hechos como aquellos a los que se refiere
este caso.
2)
Rodolfo Kepfer Rodríguez, médico cirujano, especialista en psiquiatría,
quien rendirá peritaje sobre:
i) el impacto personal y familiar y las afecciones físicas y psicológicas que
habrían sufrido los familiares de María Isabel Véliz Franco como consecuencia de
los hechos del presente caso y la supuesta impunidad de los mismos, y
ii) sobre las medidas necesarias para reparar el daño causado.
3) José Mario Nájera Ochoa, médico cirujano con amplia experiencia en medicina
forense, quien rendirá peritaje sobre:
i) la forma en la que se llevan a cabo las diligencias forenses en los casos de
muertes violentas de mujeres en Guatemala y las principales falencias y
limitaciones que estás presentan;
ii)
las principales omisiones en que supuestamente se incurrieron en la
realización de estas diligencias en el caso de María Isabel Véliz Franco, y
iii) las medidas que el Estado debería adoptar para evitar la repetición de
hechos como los que se dieron en este caso.
2.
Requerir al Estado que remita, de considerarlo pertinente, en el plazo improrrogable
que vence el 16 de abril de 2013, las preguntas que estime pertinente formular a través de
la Corte Interamericana a las presuntas víctimas, la testigo y los peritos referidos en el
punto resolutivo primero. Las declaraciones y peritajes deberán ser presentados a más
tardar el 29 de abril de 2013.