4 18. Afirman que el conjunto de hechos alegados causó la desintegración familiar de la familia, dado que varios de sus miembros habrían tenido que abandonar el país. Indican que se les habría ocasionado una grave afectación emocional aunada al sufrimiento padecido por la muerte de Herminio Deras. 19. Los peticionarios señalan que la ejecución extrajudicial del Sr. Herminio Deras y los demás hechos descritos fueron denunciados por sus familiares ante las autoridades competentes, sin embargo no habrían sido investigados. Indican que no fue hasta 1998, 15 años después de la muerte del Sr. Deras, que el Ministerio Público presentó una denuncia ante la autoridad judicial en contra de tres funcionarios militares presuntamente implicados en su muerte, proceso que habría sido separado porque dos funcionarios estaban prófugos, sin que se realizaran diligencias para su captura. 20. Informan que durante la investigación iniciada, familiares y testigos declararon ante las autoridades y detallaron cada unos de los hechos alegados en la presente petición. En cuanto al funcionario militar procesado, alegan que en primera instancia fue absuelto y en 2005 fue condenado en segunda instancia a doce años de reclusión por el delito de asesinato. Al respecto, argumentan que por una maniobra negligente de la autoridad judicial, le fue otorgada la libertad definitiva, pese a que el Ministerio Público había interpuesto oportunamente un recurso de apelación contra esa decisión. Por ello, el único funcionario condenado por al muerte de Herminio Deras hasta la fecha continuaría prófugo. 21. Por lo anterior, aducen que las autoridades no habrían realizado una investigación diligente para lograr el esclarecimiento de los hechos, y se habría incurrido en un retardo injustificado en el procedimiento judicial para sancionar a los responsables. Alegan que los hechos permanecerían en impunidad y no se habría asegurado un debido acceso a la justicia a la familia Deras, así como una reparación adecuada. 22. Durante el trámite de la petición, los peticionarios informaron sobre dificultades para acceder a las copias del expediente judicial de la investigación penal. Al respecto, el 15 de diciembre de 2006 indicaron que sus apoderados legales no habrían podido obtener una copia completa de las actuaciones ante la Corte Suprema de Justicia, porque el expediente se encontraba parcialmente extraviado y señalaron que emprenderían acciones legales contra el Poder Judicial de Honduras. B. Posición del Estado 23. En su respuesta inicial, el Estado no objetó la admisibilidad de la petición y presentó información sobre los procesos judiciales iniciados a nivel interno para la investigación y esclarecimiento de la muerte de Herminio Deras García. 24. El Estado se refirió al detalle de las etapas del proceso penal, indicando que se habían agotado “las instancias correspondientes ante el Juzgado de Letras, Corte de Apelaciones Seccional y Corte Suprema de Justicia”. Señaló que si bien las autoridades habían tenido conocimiento de los hechos desde 1983, la investigación no se habría iniciado de forma inmediata, así como tampoco habría arrojado avances significativos durante los primeros 15 años. Indicó que en 1998 el Ministerio Público presentó una acusación en contra de Marco Tulio Regalado Hernández3, ex funcionario de las Fuerzas 3 De acuerdo a la información aportada por el Estado en el trámite ante la CIDH, el proceso judicial se habría iniciado en contra de este funcionario, y otras dos personas más. Sin embargo, sólo se habría emitido una orden de prisión preventiva

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