4 IV. ANÁLISIS SOBRE EL FONDO A. Determinaciones de hecho 1. Antecedentes 15. La señora María Inés Chinchilla Sandoval fue detenida el 30 de mayo de 1995 y condenada a 30 años de prisión por los delitos de asesinato y hurto agravado en concurso ideal. El cumplimiento total de la condena hubiera operado el 29 de mayo de 20252 y se ordenó que cumpliera su condena en el Centro de Orientación Femenino 3. 16. La señora Chinchilla tenía dos hijos de su segundo matrimonio, una niña de nombre Luz de María Juárez Chinchilla, nacida el 11 de abril de 1987 y un niño de nombre Luis Mariano Juárez Chinchilla, nacido el 24 de octubre de 19894. Asimismo, había tenido un primer matrimonio donde procreó a sus dos primeras hijas que habían conformado sus propios hogares. Cuando estuvo privada de la libertad, los hijos menores de la señora Chinchilla quedaron al cuidado de sus hermanas mayores5. 17. En el COF la señora Chinchilla elaboraba manualidades y pinturas, vendía café y té. Los gastos que originaban sus hijos eran cubiertos por la abuela materna y sus dos hermanas mayores. Asimismo la señora Chinchilla poseía dos apartamentos, uno en arrendamiento6. La madre de la señora Chinchilla le compraba los enseres que requería7. 2. La situación de salud de la señora Chinchilla durante su detención en el COF y sus permisos para acudir a citas médicas 18. La señora Chinchilla sufría múltiples padecimientos y enfermedades por los cuales solicitaba autorización al Juez Segundo de Ejecución Penal (en adelante “el Juez”) para acudir a citas a los hospitales. En relación con el procedimiento para decidir sobre tales permisos, se aplicaba la circular 16-02 de la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia8. Este documento no fue aportado por el Estado de Guatemala, sin embargo, en una de las respuestas a las solicitudes, el Juez describió que la 2 Asimismo, podía gozar del beneficio de la buena conducta a partir del 29 de noviembre de 2014 y con posibilidad de solicitar su libertad condicional a partir del 30 de noviembre de 2017. Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Ejecutoria 429-96. Oficial Séptimo, 3 de diciembre de 1996. Folio 6. Anexo 8 a la petición inicial. 3 Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Ejecutoria 429-96. Oficial Séptimo, 3 de diciembre de 1996. Folio 6. Anexo 8 a la petición inicial. 4 Anexo 2. Incidentes de Libertad Anticipada. Instituto de la Defensa Pública Penal. Unidad de Trabajo Social. Informe socioeconómico. 6 de abril de 2004, Folios 41-47. Anexo 3 a la petición inicial. 5 Anexo 2. Incidentes de Libertad Anticipada. Instituto de la Defensa Pública Penal. Unidad de Trabajo Social. Informe socioeconómico. 6 de abril de 2004, Folios 41-47. Anexo 3 a la petición inicial. 6 Anexo 2. Incidentes de Libertad Anticipada. Instituto de la Defensa Pública Penal. Unidad de Trabajo Social. Informe socioeconómico. 6 de abril de 2004, Folios 41-47. Anexo 3 a la petición inicial. 7 Anexo 2. Incidentes de Libertad Anticipada. Instituto de la Defensa Pública Penal. Unidad de Trabajo Social. Informe socioeconómico. 6 de abril de 2004, Folios 41-47. Anexo 3 a la petición inicial. 8 Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Ejec. No. 429-96 OF- 7º Comunicación del Juzgado Segundo de Ejecución Penal a María Inés Chinchilla Sandoval de 11 de septiembre de 2003. Folio 683. Anexo 8 a la petición inicial.

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