VOTO DISIDENTE DEL JUEZ EDUARDO VIO GROSSI, CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CASO CASA NINA VS. PERÚ, SENTENCIA DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2020, (Excepciones preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas). I. INTRODUCCIÓN. 1. Se expide el presente voto parcialmente disidente1 con relación a la Sentencia del rótulo 2, a los efectos de dar cuenta de las razones por las que se discrepa de lo dispuesto en su Resolutivo N° 23, en el que, sobre la base de lo prescrito en el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos4, se desestima la excepción preliminar relativa a la falta de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 5 para conocer sobre violaciones concernientes al derecho al trabajo. 2. Ahora bien, atendida la relevancia que está revistiendo el tema en la jurisprudencia de la Corte, se considera necesario reiterar, una vez más, aunque con las modificaciones que impone la peculiaridad del caso de autos, lo expuesto por el suscrito en otros votos individuales 6. II. ANOTACIONES PRELIMINARES. 3. Pero, previamente, resulta menester aludir a la función del voto individual, al rol de la Corte, a las reglas de interpretación de los tratados y al caso de autos, para, posteriormente, hacer referencia a la interpretación, sucesivamente, del Artículo 26, de las normas de la Carta de la Art. 66.2 de la Convención: “Si el fallo no expresare en todo o en parte la opinión unánime de los jueces, cualquiera de éstos tendrá derecho a que se agregue al fallo su opinión disidente o individual.” Art. 24.3 del Estatuto de la Corte: “Las decisiones, juicios y opiniones de la Corte se comunicarán en sesiones públicas y se notificarán por escrito a las partes. Además, se publicarán conjuntamente con los votos y opiniones separados de los jueces y con cualesquiera otros datos o antecedentes que la Corte considere conveniente.” Art.65.2 del Reglamento de la Corte: “Todo Juez que haya participado en el examen de un caso tiene derecho a unir a la sentencia su voto concurrente o disidente que deberá ser razonado. Estos votos deberán ser presentados dentro del plazo fijado por la Presidencia, de modo que puedan ser conocidos por los Jueces antes de la notificación de la sentencia. Dichos votos sólo podrán referirse a lo tratado en las sentencias.” En lo sucesivo, cada vez que se cite una disposición sin indicar el instrumento jurídico al que corresponde, se entenderá que es de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 1 2 En adelante, la Sentencia. “Desestimar la excepción preliminar relativa a falta de competencia de la Corte para conocer sobre alegaciones concernientes al derecho al trabajo, de conformidad con los párrafos 26 y 27 de esta Sentencia.” 3 4 En adelante, la Convención. 5 En adelante, la Corte. 6 Voto Parcialmente Disidente del Juez Eduardo Vio Grossi, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Empleados de la Fábrica de Fuegos en Santo Antonio de Jesus y sus Familiares Vs. Brasil, Sentencia de 15 de julio de 2020, (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas); Voto Parcialmente Disidente del Juez Eduardo Vio Grossi a la Sentencia del 22 de noviembre de 2019, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Hernández Vs. Argentina. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas; Voto Parcialmente Disidente del Juez Eduardo Vio Grossi, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Muelle Flores Vs. Perú, Sentencia de 06 de marzo de 2019,(Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas); Voto Parcialmente Disidente del Juez Eduardo Vio Grossi, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso San Miguel Sosa y Otras Vs. Venezuela, Sentencia de 8 de febrero de 2018 (Fondo, Reparaciones y Costas); Voto Parcialmente Disidente del Juez Eduardo Vio Grossi, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Lagos del Campo Vs. Perú, Sentencia de 31 de agosto de 2017, (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas), y Voto Individual del Juez Eduardo Vio Grossi, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Trabajadores Cesados de Petroperú y Otros Vs. Perú, Sentencia de 23 de noviembre de 2017 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas). 1

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