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4.
Reafirma como su política de Estado la promoción y protección de los derechos
humanos y expresa su respeto y consideración por la víctima y sus familiares y pide perdón
por los hechos ocurridos.
5.
Entiende que el presente reconocimiento de responsabilidad constituye en sí mismo,
una medida de satisfacción dirigida a la dignificación de la víctima y sus familiares.
6.
Solicita a la Honorable Corte si lo tiene a bien, conceder la oportunidad procesal
para que el Estado y los Representantes de la víctima y sus familiares, con la facilitación de
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, intenten una solución amistosa sobre
reparaciones y costas, para lo cual el Estado propone un término máximo de seis meses.
7.
En el caso que lo anterior no fuera aceptado, el Estado [s]olicita a la Honorable
Corte se valore el reconocimiento efectuado y se le atribuya plenos efectos jurídicos, de
manera que se entienda agotada la etapa de fondo y la audiencia se dirija al estudio de
reparaciones y costas.
8.
El Estado precisa que esta declaración no implica ponderación ni valoración de
responsabilidades penales individuales.
27.
Los días 10 y 11 de marzo de 2005 se celebró la audiencia pública, en la cual
comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Juan Pablo Albán, Asesor; Lilly
Ching, Asesora; Verónica Gómez, Asesora; y Víctor H. Madrigal Borloz, Asesor; b)
por los representantes: Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva del Centro por la
Justicia y el Derecho Internacional (en adelante “CEJIL”); Roxana Altholz, abogada
de CEJIL; Rafael Barrios, abogado de la Corporación Colectivo de Abogados “José
Alvear Restrepo”; Eduardo Carreño, abogado de la Corporación Colectivo de
Abogados “José Alvear Restrepo”; y Jomary Ortegón, abogada de la Corporación
Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”; y c) por el Estado: Julio Aníbal Riaño,
Embajador, Luz Marina Gil García, Agente; Luis Alfonso Novoa, Agente alterno;
Janneth Mabel Lozano Olave, Asesora; Dionisio Araujo, Asesor; Priscila Gutiérrez
Cortés, Asesora; y Margarita Manjarrez Herrera, Asesora. Asimismo, comparecieron
Wilson Gutiérrez Soler, testigo propuesto por la Comisión Interamericana y por los
representantes; Ricardo Gutiérrez Soler, testigo propuesto por los representantes;
María Cristina Nunes de Mendonça, perito propuesta por la Comisión Interamericana;
y Ana Deutsch y Jaime Prieto, peritos propuestos por los representantes.
28.
En el curso de la audiencia pública celebrada, el Estado reiteró lo señalado en
su escrito de 9 de marzo de 2005 (supra párr. 26), es decir, que retiraba las
excepciones preliminares interpuestas y que reconocía su responsabilidad
internacional en el presente caso.
29.
En la misma audiencia pública, en relación con el reconocimiento de
responsabilidad efectuado por el Estado, la Comisión manifestó lo siguiente:
La Comisión desea saludar efusivamente y expresar su satisfacción por el allanamiento
hecho público por la República de Colombia, respecto de su responsabilidad internacional,
por la violación de la Convención Americana, en relación con los hechos de la demanda que
presentó en el caso de la detención ilegal, tortura y violación de las garantías judiciales del
señor Wilson Gutiérrez Soler.
La Comisión desea destacar, particularmente, las palabras de la declaración que expresan
respeto, y consideración por la víctima y sus familiares y el gesto de contrición que
acabamos de presenciar y mediante las cuales se les pide perdón en el nombre del Estado y
las recibe como el paso inicial en el proceso de reparar el daño causado.
La Comisión sabe que los hechos y las consideraciones de derecho, incluidas en la sentencia
que emitirá la Honorable Corte en este caso, serán una invaluable contribución a alcanzar el
objeto y fin de la Convención Americana, en el Sistema Interamericano.
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