23
preguntaron a otro de los procesados si deseaba declarar111. Adicionalmente, diversos testigos
manifestaron que, el día del secuestro del señor Rodríguez Marroquín, el señor Ruano Torres se
encontraba trabajando con su hermano Roberto Ruano Torres en la reconstrucción de una escuela hasta
altas horas de la noche112. También indicaron que el sobrenombre chopo corresponde al hermano de
José Agapito Ruano Torres, Rodolfo113. Durante la interrogación al señor Rodríguez Marroquín, nombró
y señaló como responsables de su secuestro a todos los procesados que se encontraban en la audiencia,
incluyendo a José Agapito Ruano Torres114. Asimismo, indicó que, luego de la detención de los
sospechosos de su secuestro, los "vio en los periódicos y un video"115.
92.
El 5 de octubre de 2001, el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador dictó
sentencia condenatoria de quince años de prisión en contra de José Agapito Ruano Torres, José León
Pérez Alvarado, José Orellana, José Dolores Ruano, Francisco Mejía, Ricardo Antonio Figueroa, Toribio
Chiquillo Rodríguez, Joaquín Rodríguez y Miguel Ángel Guzmán como coautores del delito de secuestro
del señor Rodríguez Marroquín116. Para ello se basó en las declaraciones "unánimes y contestes" de
Jaime Rodríguez Marroquín y de Javier Amaya Villalta117. En relación a la prueba testimonial relacionada
con el trabajo de José Agapito Ruano Torres en la escuela mientras ocurría el secuestro, el juzgado
afirmó que "tales circunstancias no han sido corroboradas por ningún otro medio probatorio; […] se
trata de parientes y amigos"118.
93.
El 23 de octubre de 2001, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos
presentó una queja referente a la falta de participación de algunos testigos durante la vista pública a
pesar de haber sido citados en relación con José Agapito Ruano Torres, Joaquín Rodríguez Marroquín,
José Dolores Ruano López, Francisco Mejía Pérez, José León Pérez Alvarado, Ricardo Figueroa y Miguel
Ángel Guzmán119. En relación con la situación del señor Ruano Torres, el Tribunal Segundo de Sentencia
de San Salvador señaló que ya se habían admitido en la audiencia preliminar los testimonios de Eleazar
Antonio Alemán, Roberto Ruano Torres, José y Ana Marlene Orellana Barrera, y Nublas y Miguel Antonio
111
Anexo 2. Audio de la vista previa, disco compacto No. 2.
112
Anexo 2. Declaraciones de Eleazar Antonio Alemán, Roberto Ruano Torres, José Alberto Orellana Barrera y Nublas
Parada Zelaya. Audio de la vista previa, discos compactos No. 6 y 7.
113
Anexo 2. Declaraciones de Roberto Ruano Torres y María Maribel Guevara. Audio de la vista previa, discos
compactos No. 6 y 7.
114
Anexo 2. Declaración de Jaime Rodríguez Marroquín. Audio de la vista previa, disco compacto No. 3.
115
Anexo 2. Declaración de Jaime Rodríguez Marroquín. Audio de la vista previa, disco compacto No. 3.
116
Anexo 1. Sentencia del Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, de fecha 5 de octubre de 2001, foja 590,
expediente criminal 77-2001-2.
117
Anexo 1. Sentencia del Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, de fecha 5 de octubre de 2001, foja 590,
expediente criminal 77-2001-2.
118
Anexo 1. Sentencia del Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, de fecha 5 de octubre de 2001, foja 590,
expediente criminal 77-2001-2.
119
Anexo 1. Notificación de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en relación a la queja de la
testigo Juana Antonia Henríquez de Guzmán, de fecha 23 de octubre de 2001, foja 621, expediente criminal 77-2001-2.