sistema de seguridad y protección adecuado, tomando en cuenta las circunstancias de los casos a su cargo y el
lugar donde se encuentran laborando, que les permita desempeñar sus funciones con debida diligencia”148.
119.
De esta forma, la CIDH resalta que corresponde a cada Estado proteger a las y los operadores
de justicia frente a ataques, actos de intimidación, amenazas y hostigamientos, investigando a quienes
cometen violaciones contra sus derechos y sancionándolos efectivamente149. De lo contrario, si los Estados no
garantizan la seguridad de sus operadores de justicia contra toda clase de presiones externas, incluyendo las
represalias directamente dirigidas a atacar su persona y familia, el ejercicio de la función jurisdiccional puede
ser gravemente afectada, frustrando el acceso a la justicia150.
120.
Ello se debe a que muchos de los ataques contra las y los operadores de justicia están
relacionados con el trabajo que realizan y, por lo tanto, tienen por objetivo amedrentar y ejercer presión para
afectar la imparcialidad e independencia de sus actuaciones151. En el caso de los jueces y juezas, la Comisión
ha identificado que los ataques constituyen un mensaje para evitar que decidan los casos de manera
independiente e imparcial por el riesgo a su seguridad152.
121.
Adicionalmente, la Comisión ha observado que en general los ataques a las y los operadores
de justicia suelen incrementarse cuando tienen a su cargo casos que son de gran relevancia nacional e
involucran graves violaciones a derechos humanos153. En muchas ocasiones los asesinatos están precedidos
por amedrentamientos que no sólo se dirigen a la persona del operador de justicia sino que se extienden a sus
núcleos familiares154. Incluso, muchas de las amenazas son perpetradas a través de medios escritos, panfletos
o recibidas a través de correos electrónicos y existen hostigamientos como los seguimientos por personas
desconocidas, la toma de fotografías de los domicilios o vehículos, así como el registro indebido de sus
oficinas155.
122.
Frente a esta situación, la Comisión resalta que, bajo las obligaciones emanadas de la
Convención Americana, los Estados tienen el deber de emprender una política efectiva de prevención y
protección para las y los operadores de justicia, la cual incluya el desarrollo de investigaciones prontas,
exhaustivas y diligentes de las amenazas, hostigamientos, atentados, asesinatos así como cuando su vida
privada es violentada a través de escuchas o intercepciones ilegales de sus comunicaciones156. La Comisión
considera que uno de los pasos esenciales es que los Estados cuenten con información estadística y un
registro sobre los ataques e intimidaciones en contra de las y los operadores de justicia, con el objetivo de
148 Corte IDH. Caso de la Masacre de la Rochela Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 11 de de mayo de
2007. Serie C No. 163, párr. 297.
149 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el
estado de derecho en las Américas.5 de diciembre de 2013, párr. 147.
150 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el
estado de derecho en las Américas.5 de diciembre de 2013, párr. 147.
151 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el
estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 160.
152 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el
estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 160.
153 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el
estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 161.
154 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el
estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 161.
155 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el
estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 161.
156 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el
estado de derecho en las Américas.5 de diciembre de 2013, párr. 165.
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