sistema de seguridad y protección adecuado, tomando en cuenta las circunstancias de los casos a su cargo y el lugar donde se encuentran laborando, que les permita desempeñar sus funciones con debida diligencia”148. 119. De esta forma, la CIDH resalta que corresponde a cada Estado proteger a las y los operadores de justicia frente a ataques, actos de intimidación, amenazas y hostigamientos, investigando a quienes cometen violaciones contra sus derechos y sancionándolos efectivamente149. De lo contrario, si los Estados no garantizan la seguridad de sus operadores de justicia contra toda clase de presiones externas, incluyendo las represalias directamente dirigidas a atacar su persona y familia, el ejercicio de la función jurisdiccional puede ser gravemente afectada, frustrando el acceso a la justicia150. 120. Ello se debe a que muchos de los ataques contra las y los operadores de justicia están relacionados con el trabajo que realizan y, por lo tanto, tienen por objetivo amedrentar y ejercer presión para afectar la imparcialidad e independencia de sus actuaciones151. En el caso de los jueces y juezas, la Comisión ha identificado que los ataques constituyen un mensaje para evitar que decidan los casos de manera independiente e imparcial por el riesgo a su seguridad152. 121. Adicionalmente, la Comisión ha observado que en general los ataques a las y los operadores de justicia suelen incrementarse cuando tienen a su cargo casos que son de gran relevancia nacional e involucran graves violaciones a derechos humanos153. En muchas ocasiones los asesinatos están precedidos por amedrentamientos que no sólo se dirigen a la persona del operador de justicia sino que se extienden a sus núcleos familiares154. Incluso, muchas de las amenazas son perpetradas a través de medios escritos, panfletos o recibidas a través de correos electrónicos y existen hostigamientos como los seguimientos por personas desconocidas, la toma de fotografías de los domicilios o vehículos, así como el registro indebido de sus oficinas155. 122. Frente a esta situación, la Comisión resalta que, bajo las obligaciones emanadas de la Convención Americana, los Estados tienen el deber de emprender una política efectiva de prevención y protección para las y los operadores de justicia, la cual incluya el desarrollo de investigaciones prontas, exhaustivas y diligentes de las amenazas, hostigamientos, atentados, asesinatos así como cuando su vida privada es violentada a través de escuchas o intercepciones ilegales de sus comunicaciones156. La Comisión considera que uno de los pasos esenciales es que los Estados cuenten con información estadística y un registro sobre los ataques e intimidaciones en contra de las y los operadores de justicia, con el objetivo de 148 Corte IDH. Caso de la Masacre de la Rochela Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 11 de de mayo de 2007. Serie C No. 163, párr. 297. 149 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas.5 de diciembre de 2013, párr. 147. 150 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas.5 de diciembre de 2013, párr. 147. 151 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 160. 152 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 160. 153 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 161. 154 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 161. 155 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. 5 de diciembre de 2013, párr. 161. 156 CIDH, Garantía para la independencia de las y los operados de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas.5 de diciembre de 2013, párr. 165. 22

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