Corolla, color blanco sin placas, preguntando por “Eduardo Landaeta”. Según mencionaron los peticionarios, estos funcionarios se sorprendieron al ver a la madre de Eduardo José Landaeta y se marcharon. Fueron identificados por ella como Gerardo Alcides Castillo Freites y Francisco Alberto Castillo Matute. 16. Según narraron, el 30 de diciembre de 1996 en horas de la mañana Eduardo José Landaeta fue trasladado al Comando Central de la Policía del Estado Aragua, mientras que sus padres hicieron seguimiento a todo el proceso y se quedaron pernoctando frente al Comando esperando que se efectuara un nuevo traslado que les informaron que se haría al Cuerpo Técnico de Policía Judicial ese mismo día. Mencionaron que el traslado no se llevó a cabo no obstante la presunta víctima era un menor de edad. 17. Señalaron que durante el tiempo que los padres de Eduardo José Landaeta estuvieron esperando, su hijo se asomó repetidas veces por la ventana haciendo señales para que no se retiraran del lugar. Agregaron que una funcionaria del Comando les aconsejó que no se fueran pues había percibido algunos movimientos extraños en torno a la presunta víctima y que incluso un sargento les mencionó que a su hijo lo querían matar, pero que no era él quien quería hacerlo. 18. Indicaron que el mismo 30 de diciembre de 1996 en horas de la noche el señor Ignacio Landaeta Muñoz junto con un tío de Eduardo José Landaeta, se dirigió a la sede del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, seccional Turmero, para notificar la detención ilegal de su hijo y el sitio donde se encontraba. Señalaron que el funcionario le dijo que no podían solicitar el traslado sin obtener previamente la decisión del Comando Central de la Policía Estadual. Mencionaron que el mismo día a las 11:40 pm la presunta víctima se asomó nuevamente por la ventana y les señaló a sus padres que se fueran pues ese día no sería trasladado. 19. Continuaron narrando los peticionarios que al día siguiente el señor Ignacio Landaeta Muñoz, a las 7:30 am, fue informado de que su hijo había sido trasladado al Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional Turmero, lugar en el cual le indicaron que Eduardo José Landeta aún no había llegado y le recomendaron que acudiera al Ministerio Público dado que los policías que “lo tenían eran de mala conducta”. Señalaron que esto no pudo hacerse dado que la Fiscalía se encontraba cerrada. Por esta razón el señor Ignacio Landaeta se dirigió nuevamente al Comando Central de la Policía Estadual para obtener mayor información sobre el traslado. Según los peticionarios, allí le indicaron que el traslado se había ordenado a las 8 am, ante lo cual respondió que eso no podía ser pues a las 7:30 am ya le habían informado del traslado. Señalaron que ante esta situación el padre de la presunta víctima se dirigió a la Fiscalía Superior del Ministerio Público con sede en la ciudad de Maracay, pero también se encontraba cerrada. 20. Indicaron que cuando el señor Ignacio Landaeta transitaba por la calle, se enteró de que su hijo había sido asesinado de 15 impactos de arma de fuego cuando se encontraba dentro de un vehículo perteneciente a la División de Investigaciones Policiales del cuerpo de Seguridad y Orden Público de la Policía del Estado Aragua mientras era trasladado al Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional Mariño. Agregaron los peticionarios que mientras el señor Ignacio Landaeta se trasladaba a la morgue, había sido perseguido por policías motorizados a quienes se les habría dado la orden de detener su automóvil y acribillar a balazos a quienes se encontraran adentro. Según los peticionarios, el señor Ignacio Landaeta obtuvo esta información a través de un policía de manera confidencial. 21. Señalaron los peticionarios que la versión de los funcionarios policiales que realizaban el traslado fue que el vehículo fue interceptado por otro del que bajaron varios hombres armados los cuales procedieron a asesinar a Eduardo José Landaeta. 22. Con relación a las actuaciones internas, mencionaron que se inició una investigación policial administrativa y la respectiva investigación penal. Sobre la actuación administrativa señalaron que inició en enero de 1997 y terminó el 26 de noviembre de 1997 concluyendo que en el traslado no hubo ninguna persona asesinada ni pérdida de armas de reglamento de los funcionarios encargados. 3

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