Corolla, color blanco sin placas, preguntando por “Eduardo Landaeta”. Según mencionaron los
peticionarios, estos funcionarios se sorprendieron al ver a la madre de Eduardo José Landaeta
y se marcharon. Fueron identificados por ella como Gerardo Alcides Castillo Freites y Francisco
Alberto Castillo Matute.
16. Según narraron, el 30 de diciembre de 1996 en horas de la mañana Eduardo José
Landaeta fue trasladado al Comando Central de la Policía del Estado Aragua, mientras que sus
padres hicieron seguimiento a todo el proceso y se quedaron pernoctando frente al Comando
esperando que se efectuara un nuevo traslado que les informaron que se haría al Cuerpo
Técnico de Policía Judicial ese mismo día. Mencionaron que el traslado no se llevó a cabo no
obstante la presunta víctima era un menor de edad.
17. Señalaron que durante el tiempo que los padres de Eduardo José Landaeta estuvieron
esperando, su hijo se asomó repetidas veces por la ventana haciendo señales para que no se
retiraran del lugar. Agregaron que una funcionaria del Comando les aconsejó que no se fueran
pues había percibido algunos movimientos extraños en torno a la presunta víctima y que
incluso un sargento les mencionó que a su hijo lo querían matar, pero que no era él quien
quería hacerlo.
18. Indicaron que el mismo 30 de diciembre de 1996 en horas de la noche el señor Ignacio
Landaeta Muñoz junto con un tío de Eduardo José Landaeta, se dirigió a la sede del Cuerpo
Técnico de Policía Judicial, seccional Turmero, para notificar la detención ilegal de su hijo y el
sitio donde se encontraba. Señalaron que el funcionario le dijo que no podían solicitar el
traslado sin obtener previamente la decisión del Comando Central de la Policía Estadual.
Mencionaron que el mismo día a las 11:40 pm la presunta víctima se asomó nuevamente por
la ventana y les señaló a sus padres que se fueran pues ese día no sería trasladado.
19. Continuaron narrando los peticionarios que al día siguiente el señor Ignacio Landaeta
Muñoz, a las 7:30 am, fue informado de que su hijo había sido trasladado al Cuerpo Técnico de
Policía Judicial, Seccional Turmero, lugar en el cual le indicaron que Eduardo José Landeta aún
no había llegado y le recomendaron que acudiera al Ministerio Público dado que los policías que
“lo tenían eran de mala conducta”. Señalaron que esto no pudo hacerse dado que la Fiscalía se
encontraba cerrada. Por esta razón el señor Ignacio Landaeta se dirigió nuevamente al
Comando Central de la Policía Estadual para obtener mayor información sobre el traslado.
Según los peticionarios, allí le indicaron que el traslado se había ordenado a las 8 am, ante lo
cual respondió que eso no podía ser pues a las 7:30 am ya le habían informado del traslado.
Señalaron que ante esta situación el padre de la presunta víctima se dirigió a la Fiscalía
Superior del Ministerio Público con sede en la ciudad de Maracay, pero también se encontraba
cerrada.
20. Indicaron que cuando el señor Ignacio Landaeta transitaba por la calle, se enteró de que
su hijo había sido asesinado de 15 impactos de arma de fuego cuando se encontraba dentro de
un vehículo perteneciente a la División de Investigaciones Policiales del cuerpo de Seguridad y
Orden Público de la Policía del Estado Aragua mientras era trasladado al Cuerpo Técnico de
Policía Judicial, Seccional Mariño. Agregaron los peticionarios que mientras el señor Ignacio
Landaeta se trasladaba a la morgue, había sido perseguido por policías motorizados a quienes
se les habría dado la orden de detener su automóvil y acribillar a balazos a quienes se
encontraran adentro. Según los peticionarios, el señor Ignacio Landaeta obtuvo esta
información a través de un policía de manera confidencial.
21. Señalaron los peticionarios que la versión de los funcionarios policiales que realizaban el
traslado fue que el vehículo fue interceptado por otro del que bajaron varios hombres armados
los cuales procedieron a asesinar a Eduardo José Landaeta.
22. Con relación a las actuaciones internas, mencionaron que se inició una investigación
policial administrativa y la respectiva investigación penal. Sobre la actuación administrativa
señalaron que inició en enero de 1997 y terminó el 26 de noviembre de 1997 concluyendo que
en el traslado no hubo ninguna persona asesinada ni pérdida de armas de reglamento de los
funcionarios encargados.
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