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Hélio Bicudo, delegado;
Carlos Ayala Corao, delegado;
Christina Cerna, asesora;
Lourdes Flores Nano, asistente; y
Manuel Aguirre Roca, asistente.
Testigo propuesto por la Comisión:
Delia Revoredo Marsano.
Peritos propuestos por la Comisión:
Jorge Avendaño Valdez; y
Mario Pasco Cosmópolis.
Los siguientes testigos y peritos no comparecieron:
Ricardo Nugent López Chaves;
Luis Guillermo Díaz Valverde;
Javier Díez Canseco Cisneros;
Fernando Olivera Vega;
Guillermo Rey Terry; y
Enrique Bernales Ballesteros.
El Estado, pese a haber sido convocado, no compareció (infra 58-62). Al inicio de la
audiencia pública, el Presidente leyó el artículo 27 del Reglamento de la Corte, el
cual faculta al Tribunal a impulsar, de oficio, el proceso en caso de incomparecencia
de una parte (infra 59).
26.
Durante la audiencia pública celebrada el 22 de noviembre de 2000, la
Comisión presentó copia certificada de la Resolución Legislativa del Congreso No.
007-2000-CR, de 17 de noviembre de 2000, firmada por Valentín Paniagua Corazao,
Presidente del Congreso de la República, y diferentes recortes periodísticos (infra
38).
27.
El 29 de noviembre de 2000 la Secretaría, siguiendo instrucciones de la
Corte, solicitó a la Comisión que presentara pruebas y argumentos relativos a los
gastos y costas en que se hubiera incurrido durante el proceso interno y ante el
sistema interamericano. Los días 4 y 12 de diciembre de 2000 la Comisión solicitó
prórrogas, las que fueron concedidas por el Presidente, hasta el 8 de enero de 2001.
La Comisión presentó el documento solicitado dentro del plazo otorgado (infra 41),
el cual se remitió al Estado, otorgándole plazo hasta el 24 de enero siguiente para el
envío de sus observaciones. A la fecha de la emisión de esta Sentencia, el Estado no
había enviado sus argumentaciones al respecto.
28.
El 8 de diciembre de 2000 el Presidente concedió plazo hasta el 5 de enero de
2001 para la presentación de los alegatos finales. Ese plazo fue extendido hasta el
10 del mismo mes y año. El 10 de enero de 2001 la Comisión presentó sus alegatos
finales. A la fecha de la emisión de esta Sentencia, el Estado no había enviado sus
alegatos.
29.
El 8 de diciembre de 2000 la Secretaría solicitó a la Comisión la remisión del
expediente original integrado ante esta última. El 2 de enero de 2001 la Comisión