24 descubrieron sus rostros por algunos instantes durante el incidente” 63 . Otras personas llamadas a declarar afirmaron que “los individuos llegaron al lugar [del crimen] con dos camiones y una camioneta, los cuales pertenecían a los propietarios de la Hacienda”64. El Jefe de Policía ordenó la realización de otras medidas investigativas y solicitó la prisión preventiva de Morival Favoreto65. El 9 de diciembre de 1998 la fiscal Nayani Kelly Garcia (en adelante “la fiscal Garcia”) emitió su parecer favorable al pedido de prisión preventiva y ordenó que se realizaran otras diligencias66. A.ii) Hechos posteriores al reconocimiento de la jurisdicción obligatoria de la Corte 77. El 14 de diciembre de 1998 la jueza titular del Juzgado de Loanda, Elisabeth Khater (en adelante “la jueza Khater”), no decretó la prisión preventiva de Morival Favoreto, pues “los testigos [eran] divergentes, por el momento”; ordenó el cumplimiento de las diligencias ordenadas por el Ministerio Público el 9 de diciembre de 1998, e indicó que se manifestaría posteriormente respecto de la solicitud de prisión preventiva67. 78. El 15 de diciembre de 1998 Morival Favoreto solicitó al Juzgado de Loanda que desestimara el pedido de prisión preventiva en su contra (supra párr. 76); requirió prestar declaración en la Jefatura de Policía de Sertanópolis (en adelante “la Jefatura de Sertanópolis”) y presentó, entre otros documentos, el registro del camión blanco de placa AEW 7629 a nombre de la empresa Favoretto Colheitas Agrícolas S/C Ltda. ME (en adelante “Favoretto Colheitas”), que según algunos testigos (supra párr. 76, e infra párrs. 80 y 82) habría sido usado en el desalojo; el contrato social de esta última, cuyos socios eran Morival Favoreto, Maurilio Favoreto y Darci Favoreto, y las escrituras públicas de las haciendas São Francisco y Monday, tambi��n pertenecientes a esas tres personas. En esa misma fecha, la jueza Khater ordenó que se interrogara a Morival Favoreto en la Jefatura de Sertanópolis, en el plazo de 10 días68. 79. El 17 de diciembre de 1998, conforme a lo ordenado judicialmente, el Jefe de Policía Arildo Fulgêncio de Almeida (en adelante “el jefe Almeida”) ordenó que se cumplieran las diligencias determinadas por el Ministerio Público el 9 de diciembre de 63 Contestación de la demanda, supra nota 23, folio 668. Cfr. Testimonio rendido por Fabio Guaragni en la audiencia pública ante la Corte Interamericana el 29 de abril de 2009; parecer del Ministerio Público de 12 de mayo de 2004, supra nota 60, folio 2130, y escrito de alegatos finales del Estado, supra nota 61, folio 1371. 64 Parecer del Ministerio Público de 12 de mayo de 2004, supra nota 60, folio 2130. 65 Cfr. Escrito de alegatos finales del Estado, supra nota 61, folio 1371; parecer del Ministerio Público de 12 de mayo de 2004, supra nota 60, folio 2131, y testimonio rendido por Fabio Guaragni en la audiencia pública, supra nota 63. 66 Entre otras diligencias, la fiscal Garcia ordenó que se realizaran: a) el reconocimiento de los vehículos F1000 negro y D-20 gris mencionados por los testigos; b) la comparación balística entre los casquillos encontrados en el lugar del crimen y el arma aprehendida a Ailton Lobato; c) el aporte al expediente del contrato social de la empresa Favoretto Colheitas Agrícolas S/C Ltda. ME y de la escritura pública de la Hacienda; d) la recepción de los testimonios de otras personas que presenciaron los hechos, así como de los empleados de Morival Favoreto y posibles sospechosos, y e) una investigación sobre si ocurrieron hechos similares en la región. Cfr. Escrito de alegatos finales del Estado, supra nota 61, folio 1371; orden del Ministerio Público anexa al oficio emitido por el Jefe de Policía Arildo Fulgêncio de Almeida a la Jefatura de Policía de Sertanópolis el 28 de febrero de 2000 (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo Único, Anexo 4, folios 2030 y 2031). 67 Cfr. Decisión de la jueza Khater de 14 de diciembre de 1998 (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo Único, Anexo 4, folio 1893). 68 Cfr. Solicitud de desestimación de pedido de prisión preventiva de Morival Favoreto de 15 de diciembre de 1998, y primera orden de la jueza Khater de 15 de diciembre de 1998 (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo Único, Anexo 4, folios 1895 a 1955).

Seleccionar párrafo de destino3