37 Ministerio Público promover, privativamente, la acción penal pública110, el artículo 268 del ordenamiento procesal penal preveía que el ofendido o su representante legal o, en su falta, su cónyuge, ascendiente, descendiente o hermano podrán intervenir como asistentes del Ministerio Público en la acción penal pública111. * * * 120. De conformidad con lo expuesto, este Tribunal debe determinar si el Estado ha incurrido en violaciones a los derechos reconocidos en los artículos 8.1 y 25.1 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de ese tratado. Para tal efecto, la Corte ha establecido que el esclarecimiento de si el Estado ha violado o no sus obligaciones internacionales por las actuaciones de sus órganos judiciales puede conducir a que el Tribunal deba ocuparse de examinar los respectivos procesos internos 112 . Para ello, dependiendo de las circunstancias del caso, la Corte puede tener que analizar los procedimientos que se vinculan y constituyen el presupuesto de un proceso judicial, particularmente, las tareas de investigación de cuyo resultado depende el inicio y el avance del mismo. Por tal motivo, la Corte examinará los alegatos sobre la Investigación Policial No. 179/98, particularmente en lo relativo a los actos y omisiones ocurridos después del 10 de diciembre de 1998, y determinará si han existido violaciones a los derechos a las garantías y a la protección judiciales en dicho procedimiento interno. C.i) Fallas y omisiones de la Investigación Policial No. 179/98 121. Previo al análisis de las alegadas fallas y omisiones en la Investigación Policial No. 179/98, la Corte se referirá al alegato de los representantes sobre la supuesta parcialidad de la jueza Khater al denegar la solicitud de prisión preventiva de Morival Favoreto. Los representantes afirmaron que dicha decisión se basó en supuestas divergencias en los testimonios, las cuales no existieron según el criterio de aquellos, de manera tal que la jueza Khater favoreció indebidamente a dicho imputado. El Tribunal advierte que para analizar ese alegato debería examinar las declaraciones testimoniales que fueron rendidas antes del 10 de diciembre de 1998 y compararlas con la medida judicial cuestionada. Debido a que esas declaraciones están fuera de la competencia temporal de la Corte, no pueden ser analizadas ni extraerse de ellas consecuencias jurídicas respecto de la responsabilidad del Estado. La Corte no cuenta con otros elementos que sustenten este alegato de los representantes. Falta de recolección de testimonios ‘prima facie’ indispensables 122. La Corte observa que no se recibieron declaraciones testimoniales que prima facie podrían haber resultado indispensables para esclarecer los hechos. Entre las personas que no fueron convocadas a declarar se encontraba Vanderlei Garibaldi, quien habría 110 Cfr. Constitución Federal de 1988, supra nota 91, folio 2238. Art. 129. Son funciones institucionales del Ministerio Público: I - promover, privativamente, la acción penal pública, en la forma de la ley; [...] 111 Cfr. Código de Proceso Penal, supra nota 107, folios 2342 y 2370. Art. 268. En todos los términos de la acción pública, podrá intervenir, como asistente del Ministerio Público, el ofendido o su representante legal o, en su falta, cualquiera de las personas mencionadas en el artículo 31. Art. 31. En el caso de muerte del ofendido o cuando declarado ausente por decisión judicial, el derecho de ofrecer la queja o proseguir la acción pasará al cónyuge, ascendiente, descendiente o hermano. 112 Cfr. Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros), supra nota 103, párr. 222; Caso Heliodoro Portugal, supra nota 13, párr. 126, y Caso Tristán Donoso, supra nota 9, párr. 145.

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