8
34.
El escrito de 16 de diciembre de 2005, mediante el cual la Comisión
Interamericana se refirió a la implementación de las medidas provisionales y a la no
presentación del sexto informe estatal que debía haber sido remitido por Argentina el
26 de octubre de 2005 (supra Visto 28).
35.
El escrito de 16 de diciembre de 2005, mediante el cual los representantes
presentaron información sobre presuntas intimidaciones y amenazas sufridas por el
señor Pablo Salinas, uno de los representantes.
36.
La nota de 19 de diciembre de 2005, mediante la cual la Secretaría, siguiendo
instrucciones del Presidente, solicitó a la Argentina que, en su próximo informe se
refiriera a la información presentada por los representantes el 12 de diciembre de
2005 (supra Visto 33).
37.
El escrito de 19 de diciembre de 2005, mediante el cual Argentina se refirió a
la información presentada por los representantes referente a “que fue herido […] de
una puñalada el interno Sebastián Pablo Matías Esquivel […] y [que murió el] interno
Antonio Gil Caballero […]”, solicitada al Estado mediante nota de Secretaría de 9 de
diciembre de 2005 (supra Visto 32). Al respecto manifestó que el fallecimiento del
interno Antonio Gil Caballero había sucedido por “causas naturales” y que no existía
constancia alguna de las lesiones denunciadas respecto del interno Sebastián Pablo
Matías Esquivel.
38.
El escrito de 19 de diciembre de 2005, mediante el cual los representantes
presentaron un documento referente a un pronunciamiento de Amnistía Internacional
en relación con las supuestas intimidaciones denunciadas por los representantes, en
especial respecto del señor Pablo Salinas.
39.
La nota de 20 de diciembre de 2005, mediante la cual la Secretaría reiteró la
solicitud de remisión del sexto informe estatal, ya que no había sido presentado en el
plazo establecido. En consecuencia, siguiendo instrucciones del Presidente de la
Corte, se solicitó al Estado que en el informe que debía presentar el 26 de diciembre
de 2005, se refiriera a la implementación de las medidas provisionales, así como a
las presuntas intimidaciones sufridas por el señor Pablo Salinas. Asimismo, se solicitó
a la Comisión Interamericana que en sus observaciones al sexto informe estatal se
refiriera a dicha información.
40.
La nota de Secretaría de 9 de enero de 2006, mediante la cual solicitó al
Estado que remitiera el sexto y séptimo informes, debido a que el plazo había
vencido el 26 de octubre de 2005 y el 26 de diciembre de 2005, respectivamente, y
éstos no habían sido recibidos. Asimismo, se le solicitó que en la presentación de los
mencionados informes se refiriera a la información solicitada mediante nota de
Secretaría de 20 de diciembre de 2005 (supra Visto 39).
41.
El escrito de 11 de enero de 2006, mediante el cual el Estado presentó su
sexto y séptimo informes estatales, en el cual informó, inter alia, acerca del estado
de las investigaciones, sobre la situación de la población penal de jóvenes adultos,
así como de las medidas tomadas para contrarrestar la desventaja numérica entre
internos y personal penitenciario, y para capacitar al personal penitenciario. Además,
renovó su voluntad para cumplimentar las medidas provisionales. Asimismo, hizo
referencia a la información solicitada mediante nota de Secretaría de 20 de diciembre
de 2005, sobre las presuntas intimidaciones sufridas por el señor Pablo Salinas, uno
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