Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre el deber de investigar con la debida diligencia casos de violencia contra la mujer, incluyendo casos de violencia y violación sexual. El/la perito/a se referirá a las diferentes formas de revictimización que pueden operar a lo largo de la investigación y proceso penal por hechos como los del presente caso. Además, el/la perito/a analizará la manera en que la vigencia de normas penales discriminatorias y estereotipadas pueden incidir en el incumplimiento del deber de investigar con la debida diligencia y, a su vez, constituir una fuente adicional de revictimización. El/la perito/a analizará los hechos del caso a la luz de los contenidos de su peritaje. Los CVs de los/as peritos/as serán incluido en los anexos al informe de fondo 33/16. La Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre quienes actuaron como peticionarios a lo largo del trámite del caso: Viviana Krsticevic Francisco Quintana y Elsa Meany Centro por la Justica y el Derecho Internacional CEJIL xxxxxxxxxxxxxxxxxxx Liliana Ortega Mendoza Karla Subero Ronnie Boquier Comité de Familiares de Víctimas de los Sucesos de Febrero-Marzo de 1989 COFAVIC xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Juan Bernardo Delgado y Linda Loaiza López Soto xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente, Firmado en el original Paulo Abrão Secretario Ejecutivo Anexo 5

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