el cual establecía tres parámetros de alerta: “estado de cuidado”, “estado de peligro”, y “alerta de emergencia”430. 249. Con base en lo establecido en el “Plan de Contingencia para Estados de Alerta por Contaminación del Aire en la Cuenca Atmosférica de La Oroya” de julio de 2007, para declarar un estado de “emergencia” debían presentarse concentraciones mayores a 420 μg/m3 de material particulado en un promedio de 24 horas, o, en el caso del dióxido de azufre, de más de 2500 μg/m3 en un promedio de 3 horas. De acuerdo con datos proporcionados por Doe Run al Consejo Nacional del Ambiente, solo en el año 2006 se produjeron 183 episodios de “emergencia” por dióxido de azufre en la estación de monitoreo del "Sindicato de La Oroya”431. De acuerdo con lo señalado por los representantes, la información de las declaraciones de Estado de Alerta estuvo disponible por medio de internet, a través de la página web de DIGESA432. 250. Asimismo, la Corte nota que en el año 2007 el Estado aprobó el “Plan de Acción para la Mejora de la Calidad del Aire de la Cuenca Atmosférica de La Oroya”, mediante el cual estableció que “se deb[ía] informar a la población a través de los medios de comunicación la implementación de los estados de alerta, elaborar contenidos para campañas de difusión, así como materiales informativos”433. Además, en el marco de la aprobación del “Plan de Acción para el Mejoramiento de la Calidad del Aire y la Salud de La Oroya” de 1 de marzo de 2006, se estableció la creación de un “Sistema de Información Ciudadana”, con el objetivo de “ofrecer información a la ciudadanía a partir del 2007, su implementación se desarrollará teniendo en cuenta el diseño de una base de datos”434. 251. La Corte también nota que en año 2012 se instalaron pantallas en La Oroya para que la población tuviera conocimiento de las condiciones de calidad del aire, así como de las declaraciones de estados de alerta. Dichas pantallas disponían de códigos de colores para facilitar la comprensión para los habitantes de La Oroya. La instalación de dichas pantallas se realizó como resultado de un convenio suscrito entre la empresa “Right Business” y Doe Run, en conjunto con la Municipalidad Provincial435. En relación con las referidas pantallas, los representantes señalaron que la información disponible en las pantallas “no se daba en tiempo real” sino que la media móvil del estado de la calidad del aire se daba a conocer a los ciudadanos “en un intervalo de 3 horas”436. Cfr. Decreto del Consejo Directivo No. 015-2007-CONAM/CD, “Plan de Contingencia para Estados de Alerta por Contaminación del Aire en la Cuenca Atmosférica de La Oroya”, de 18 de julio de 2007 (expediente de prueba, folios a 25499 a 25533). 430 Cfr. Decreto del Consejo Directivo No. 015-2007-CONAM/CD, “Plan de Contingencia para Estados de Alerta por Contaminación del Aire en la Cuenca Atmosférica de La Oroya”, de 18 de julio de 2007 (expediente de prueba, folios a 25499 a 25533). 431 Cfr. Escrito de Solicitudes, Argumentos y Pruebas de 4 de febrero de 2022, párr. 339, pág. 129 (expediente de fondo, folio 247), y Declaración de María 3 (expediente de prueba, folio 29043). 432 Cfr. Plan de Acción para la Mejora de la Calidad del Aire de la Cuenca Atmosférica de La Oroya, Documento concordado con el Decreto N°020-2006-CONAM/CD y Decreto N°026-2006-CONAM-2006 (expediente de prueba, folios .935 a .1018). 433 Cfr. Plan de Participación Ciudadana del Plan de Adecuación de las Actividades Minero-Metalúrgicas a los Estándares de Calidad Ambiental de Aire, de 01 de marzo de 2006 (expediente de prueba, folio 28000). 434 Cfr. Diario “Correo”, “Con pantallas gigantes población de La Oroya controlará calidad del aire”, de 27 de diciembre de 2012 (expediente de prueba, folios 0.1321 y 0.1322). 435 Cfr. Escrito de los representantes ante la Comisión Interamericana, MC-271-05, de mayo de 2015 (expediente de prueba, folio 25549). 436 96

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