-22b) otorgar a la Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz un título de propiedad colectiva
debidamente delimitado y demarcado sobre el área denominada “Lote A1” (punto
resolutivo séptimo de la Sentencia);
c) iniciar las investigaciones con la finalidad de determinar las eventuales
responsabilidades penales y, en su caso, aplicar efectivamente las sanciones y
consecuencias que la ley prevea (punto resolutivo octavo de la Sentencia);
d) publicar la Sentencia en su integridad en un sitio web oficial por el plazo de un año y
radiodifusión del resumen oficial de la Sentencia en idioma garífuna (punto resolutivo
noveno de la Sentencia);
e) realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional
(punto resolutivo décimo de la Sentencia);
f) garantizar el libre acceso, uso y goce de la propiedad colectiva por parte de la
Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz en la parte de su territorio que se sobrepone
con un área del parque Nacional Punta Izopo (punto resolutivo decimoprimero de la
Sentencia);
g) crear mecanismos adecuados para regular su sistema de Registro de Propiedad (punto
resolutivo decimosegundo de la Sentencia);
h) crear un fondo de desarrollo comunitario a favor de los miembros de la Comunidad
(punto resolutivo decimotercero de la Sentencia), y
i) reintegrar la suma por concepto de costas y gastos (punto resolutivo decimocuarto de
la Sentencia).
3.
Disponer que el Estado presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a
más tardar el 18 de octubre de 2019, un informe sobre todas las medidas pendientes de
cumplimiento, de conformidad con lo indicado en el punto resolutivo segundo y los
Considerandos 25, 32, 38, 42, 47, 51, 56 y 62 de la presente Resolución.
4.
Disponer que los representantes de las víctimas y la Comisión presenten observaciones
al informe del Estado mencionado en el punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y
seis semanas, respectivamente, contados a partir de la recepción del informe.
5.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado, a los
representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.